El Ministerio de Justicia ajustó las reglas de reparto de las tutelas dirigidas contra el presidente, según reportó Portafolio.co. La modificación se concretó mediante un decreto expedido por el gobierno de De La Espriella.
Las tutelas son acciones de amparo previstas en la Constitución para proteger derechos fundamentales cuando resultan amenazados o vulnerados por la actuación de una entidad o autoridad. En la práctica, cualquier persona puede presentarlas ante los jueces cuando considera que una decisión del Estado le afecta sus derechos.
Cuando se presenta una tutela contra el presidente, la asignación del juez que debe tramitarla depende de reglas de reparto. Esas reglas definen, entre otros aspectos, a qué despacho o jurisdicción corresponde conocer del caso. Cambiar esas reglas implica modificar el camino que sigue la acción desde su radicación hasta su fallo.
El decreto del Ministerio de Justicia altera ese trámite inicial. De acuerdo con la información publicada por Portafolio.co, la intención es cambiar el rumbo procesal de esas tutelas, es decir, reasignar o reorientar la competencia para su conocimiento.
La decisión ocurre en un contexto de alta litigiosidad constitucional en Colombia. La tutela es el mecanismo judicial más usado por la ciudadanía, y buena parte de esos procesos se dirigen contra entidades del Estado en todos los niveles, incluido el orden nacional.
Para los ciudadanos, el cambio en el criterio de reparto puede traducirse en variaciones en los tiempos de respuesta. Que la tutela llegue a un juez distinto al que normalmente la conocía puede alterar los plazos de admisión, práctica de pruebas y fallo, dependiendo de la carga de trabajo del nuevo despacho.
El decreto también abre un debate sobre el alcance de las facultades del Ejecutivo para modificar reglas de competencia judicial. Esas reglas suelen fijarse por el Consejo Superior de la Judicatura o por la ley, por lo que un cambio mediante decreto puede generar cuestionamientos jurídicos sobre su jerarquía normativa.
Hasta ahora no se conoce, según la información disponible, una reacción pública de los organismos de control ni de las altas cortes frente al decreto. Tampoco se detallaron en el reporte los ajustes puntuales al procedimiento de reparto.
Lo que queda pendiente es la publicación del texto completo del decreto y su revisión por parte de la comunidad jurídica. Organizaciones de derechos humanos, colegios de abogados y la academia suelen evaluar este tipo de normas para determinar si cumplen con los estándares de acceso a la justicia y protección efectiva de derechos.
La ciudadanía puede seguir presentando tutelas contra el presidente en caso de considerar vulnerados sus derechos fundamentales. La diferencia ahora es que el primer juez al que se asigne el caso dependerá de las nuevas reglas fijadas por el Ministerio de Justicia.
