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title: "Corte Constitucional fija fecha de entrada en vigor de la reforma pensional"
description: "La Corte Constitucional determinó la fecha en que deberá empezar a aplicarse la nueva reforma pensional en Colombia. El fallo también precisa a qué personas no les cobijará la nueva norma, un aspecto clave para millones de trabajadores próximos a pensionarse."
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date: "2026-08-26T14:15:00Z"
area: "Social"
calificacion: "Neutral"
fuente: "Valora Analitik"
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# Corte Constitucional fija fecha de entrada en vigor de la reforma pensional

> La Corte Constitucional determinó la fecha en que deberá empezar a aplicarse la nueva reforma pensional en Colombia. El fallo también precisa a qué personas no les cobijará la nueva norma, un aspecto clave para millones de trabajadores próximos a pensionarse.

- Fecha: 2026-08-26T14:15:00Z
- Área: Social
- Calificación del observatorio: **Neutral** (confianza 33%)
- Por qué: La Corte Constitucional fija la fecha de entrada en vigencia de la reforma pensional y define el grupo de personas exceptuadas de su aplicación, según Valora Analitik.
- Fuente original: [Valora Analitik](https://www.valoraanalitik.com/a-estas-personas-no-les-aplicara-la-reforma-pensional-en-colombia)
- URL canónica: https://abelardopresidente.co/noticia/a-estas-personas-no-les-aplicara-la-reforma-pensional-en-colombia

La Corte Constitucional emitió una decisión sobre el trámite de la reforma pensional aprobada en el Congreso y estableció la fecha en que la nueva norma deberá comenzar a aplicarse en Colombia. El alto tribunal también señaló qué personas quedarán por fuera de su aplicación inmediata, un punto sensible para quienes están cerca de cumplir los requisitos de jubilación.

La reforma pensional modifica el sistema de protección a la vejez en Colombia y crea un modelo de pilares que combina un componente solidario, uno contributivo de administración pública y otro de ahorro individual. Su objetivo declarado es ampliar la cobertura y reducir las brechas entre pensionados y quienes nunca logran acceder a una pensión.

Uno de los puntos centrales del debate legislativo fue el régimen de transición. La Corte resolvió en qué condiciones ese régimen protege a los trabajadores que, al momento de entrar en vigor la ley, ya habían cumplido ciertos requisitos o acumulaban un número significativo de semanas cotizadas. Estas personas seguirán rigiéndose por las reglas anteriores.

El fallo también delimita el alcance temporal del cambio. Los nuevos afiliados y quienes no cumplan las condiciones del régimen de transición quedarán bajo las reglas de la reforma, mientras que los actuales pensionados conservan los derechos ya reconocidos bajo la legislación previa.

El sistema de pensiones en Colombia es administrado por Colpensiones, entidad pública que gestiona el régimen de prima media, y por las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), que manejan el componente de ahorro individual. La reforma redefine el reparto entre estos dos componentes y los porcentajes de cotización obligatoria.

Para los trabajadores, el impacto inmediato se mide en el porcentaje de cotización y en la cuenta a la que se dirigen sus aportes. También cambia el cálculo del monto pensional para quienes se pensionen bajo las nuevas reglas, así como los requisitos de edad y semanas cotizadas según el tipo de actividad.

La Corte actuó en el marco del control de constitucionalidad que le corresponde sobre las leyes aprobatorias de reformas de carácter estructural. Su decisión, además de fijar la fecha de entrada en vigor, incorpora precisiones que las entidades administradoras deberán acatar al momento de aplicar la transición de afiliados.

Quedan pendientes algunos decretos reglamentarios y ajustes operativos que el Gobierno deberá expedir para que la transición entre el sistema anterior y la reforma opere de manera efectiva. Las administradoras, empleadores y ciudadanos deberán estar atentos a esos desarrollos en las próximas semanas.

El contenido del fallo y su aplicación práctica serán determinantes para la seguridad jurídica de los trabajadores próximos a pensionarse y para la estabilidad del sistema en el corto plazo.

## Preguntas frecuentes

### ¿Qué decidió la Corte sobre la reforma pensional?

Fijó la fecha en que la nueva reforma pensional debe comenzar a aplicarse en Colombia y aclaró a qué personas no les cobijará la norma.

### ¿A quiénes no les aplicará la reforma pensional?

A los trabajadores amparados por el régimen de transición, es decir, quienes al momento de entrada en vigencia de la ley ya cumplían los requisitos o acumulaban las semanas cotizadas exigidas por la legislación anterior.

### ¿Qué cambia con la reforma pensional?

Establece un modelo de pilares con un componente solidario, uno contributivo administrado por Colpensiones y otro de ahorro individual, modificando porcentajes de cotización y reglas para acceder a la pensión.

### ¿Qué sigue después de la decisión de la Corte?

El Gobierno debe expedir los decretos reglamentarios y los ajustes operativos para que la transición entre el sistema anterior y la reforma se aplique de forma efectiva.

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Publicado por [Abelardo Presidente](https://abelardopresidente.co), observatorio ciudadano y neutral del gobierno de Colombia. Cada hecho cita su fuente y se califica por impacto verificable, no por posición política.
