El presidente Abelardo De la Espriella impartió una orden directa al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC, para proceder al traslado inmediato y al aislamiento del interno conocido como alias Firu. La instrucción presidencial se produjo luego de que circularan denuncias que señalan al detenido de continuar usando redes sociales desde el interior del establecimiento donde se encuentra recluido, según reportó el portal cablenoticias.
Alias Firu es un nombre ampliamente conocido en el contexto de la crónica judicial y de seguridad colombiana. Bajo ese alias se identifica a figuras vinculadas al crimen organizado que en el pasado han tenido presencia mediática por su participación en actividades ilícitas. El uso de sobrenombres en lugar de nombres de pila responde a una práctica común en las investigaciones penales y en las comunicaciones oficiales sobre estructuras criminales.
La orden del presidente se dirige al INPEC, la entidad adscrita al Ministerio de Justicia encargada de la custodia, vigilancia y atención de la población privada de la libertad en Colombia. Entre sus funciones figuran garantizar las condiciones de reclusión, el control del acceso a medios de comunicación por parte de los internos y la aplicación del régimen disciplinario al interior de los penales. Una instrucción presidencial de esta naturaleza suele traducirse en una directriz administrativa de cumplimiento obligatorio para la institución.
El detonante de la decisión fueron las denuncias por uso de redes sociales dentro de la prisión, un fenómeno que ha sido objeto de debate público en distintas ocasiones. Las autoridades penitenciarias han insistido en que los teléfonos celulares y otros dispositivos de comunicación deberían permanecer restringidos al interior de los centros de reclusión, ya que su uso facilita la coordinación de actividades ilegales, la intimidación de víctimas y la difusión de mensajes dirigidos a grupos armados o a la opinión pública.
Para los ciudadanos, el episodio reabre una discusión de fondo sobre la capacidad real del Estado para controlar lo que ocurre dentro de las cárceles. Las denuncias de extorsiones, comunicaciones no autorizadas y privilegios al interior de los penales se han convertido en una preocupación recurrente, especialmente en un país con altos índices de hacinamiento y donde buena parte de la población reclusa permanece a la espera de decisiones judiciales.
Desde el punto de vista institucional, el traslado y aislamiento ordenados buscan cortar el acceso del interno a cualquier canal de comunicación externa. Este tipo de medidas, contempladas en el Código Penitenciario y Carcelario, pueden implicar el cambio de establecimiento, la reubicación en pabellones de mayor restricción y la suspensión temporal de visitas, dependiendo del debido proceso que adelante el INPEC frente a las faltas disciplinarias.
La instrucción se conoce en un contexto en el que el Gobierno ha puesto el foco en la política de seguridad y en la lucha contra las organizaciones criminales. La posibilidad de que cabecillas o miembros de esas estructuras mantengan líneas de comunicación abiertas desde la cárcel ha sido señalada por distintos sectores como una grieta que compromete los esfuerzos en materia de orden público.
Por ahora, la atención se centra en verificar si el INPEC ejecuta la orden en los términos señalados por el presidente y si el aislamiento de alias Firu se traduce en una investigación interna sobre cómo se filtraban los dispositivos con acceso a internet al interior del penal. Las autoridades no han precisado, hasta el momento, el destino del traslado ni la duración del aislamiento, según la información disponible.
La fuente consultada, cablenoticias, fue la primera en reportar la orden presidencial y los motivos asociados a ella. Cualquier actualización sobre el cumplimiento de la instrucción o sobre eventuales sanciones disciplinarias al interno quedará sujeta a comunicados posteriores del INPEC o de la Casa de Nariño.
