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NegativoPolíticaAbelardo25 de agosto de 2026

Abelardo no eliminó los extras a vigilantes al derogar una circular del Ministerio del Trabajo

Una investigación periodística señala que el presidente Abelardo de la Espriella no terminó con el pago de horas extras a los vigilantes privados al derogar una circular del Ministerio del Trabajo. La fuente aclara que una circular es un documento administrativo de menor rango y no puede derogar una ley aprobada por el Congreso.

Abelardo no eliminó los extras a vigilantes al derogar una circular del Ministerio del Trabajo

Imagen: La Silla Vacía

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El Gobierno derogó una circular del Ministerio del Trabajo con el propósito anunciado de eliminar recargos nocturnos y en días festivos a los vigilantes privados, pero una circular no puede derogar una ley del Congreso, por lo que la medida no produjo el efecto jurídico prometido y los trabajadores vigilantes mantienen el pago de extras conforme a la ley vigente.

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“Una circular es un documento administrativo de menor rango que en ningún caso deroga una ley aprobada por el Congreso.”

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“Abelardo no eliminó extras a vigilantes al derogar circular del MinTrabajo”

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Una circular es un documento administrativo de menor rango que en ningún caso deroga una ley aprobada por el Congreso. Esa es la premisa central de la investigación publicada por La Silla Vacía sobre una decisión del presidente Abelardo de la Espriella relacionada con el Ministerio del Trabajo.

El reporte periodístico sostiene que Abelardo no eliminó los extras a los vigilantes al derogar una circular de esa cartera. En otras palabras, el efecto práctico de la derogación no fue el que se presentó públicamente como una eliminación de un beneficio laboral para los trabajadores del sector de la vigilancia privada.

Para entender el alcance real de la decisión conviene recordar la diferencia jerárquica entre los actos administrativos. Una circular es una instrucción interna que emiten las entidades para orientar procedimientos dentro de la administración, pero su rango está por debajo de decretos, resoluciones y, sobre todo, de las leyes que aprueba el Congreso de la República.

Esa diferencia es la que explica por qué la derogación de la circular no modificó la obligación legal de pagar horas extras a los vigilantes. La obligación, de existir, nace de una norma con fuerza de ley, por lo que su vigencia depende del Congreso o de un decreto con fundamento legal, no de un oficio administrativo.

El caso pone sobre la mesa el papel del Ministerio del Trabajo como rector de la política laboral en Colombia. Esa cartera emite conceptos, circulares y decretos que interpretan y aplican el Código Sustantivo del Trabajo y demás normas laborales, por lo que sus comunicaciones suelen ser leídas como reglas por empleadores y trabajadores, aunque carezcan de fuerza para contradecir una ley.

Para los vigilantes privados, la discusión tiene efectos concretos en su bolsillo. Si la jornada legal sigue reconociendo el pago de horas extras, los empresarios del sector están obligados a liquidarlas y pagarlas conforme a la ley, sin importar que la circular que pudiera haberlas regulado o interpretado haya sido retirada del ordenamiento administrativo.

La investigación de La Silla Vacía también muestra un patrón más amplio sobre cómo se comunican las decisiones del Ejecutivo. Cuando una circular se deroga sin precisar el efecto sobre los derechos laborales de un sector, se abre un espacio de confusión que suele resolverse en los juzgados laborales o en consultas ante la misma cartera de Trabajo.

Otro elemento que destaca el análisis es la naturaleza del rango normativo. En el ordenamiento colombiano, las leyes solo pueden ser derogadas por otras leyes, por actos legislativos o por sentencias de la Corte Constitucional, nunca por una circular. Por eso, derogar la circular dejaba intacto el debate de fondo sobre las horas extras de los vigilantes.

La consecuencia práctica, según la lectura de la fuente, es que el beneficio salarial ligado a las horas extras de los vigilantes se mantiene. Lo que cambió fue el instructivo interno del Ministerio del Trabajo, pero no la obligación que la ley impone a los empleadores del sector de vigilancia y seguridad privada en Colombia.

Queda pendiente conocer si el Ministerio del Trabajo o el Gobierno nacional expedirá una nueva circular o un decreto con fuerza reglamentaria que aclare el alcance de la jornada y los recargos para los vigilantes, o si la discusión pasará a las cortes laborales por las demandas que puedan presentar los trabajadores del sector.

Preguntas frecuentes

¿Qué es una circular del Ministerio del Trabajo?

Es un documento administrativo interno que orienta procedimientos dentro de la entidad. Está por debajo de decretos, resoluciones y leyes, por lo que no puede derogar ni modificar una ley aprobada por el Congreso.

¿Se eliminó el pago de horas extras a los vigilantes privados?

Según la fuente, no. La derogación de la circular no afecta la obligación legal de pagar horas extras, pues esa obligación dimana de normas con fuerza de ley y no de un acto administrativo como una circular.

¿Por qué una circular no puede derogar una ley?

Porque en la jerarquía normativa colombiana las circulares tienen un rango inferior a las leyes. Solo otra ley, un acto legislativo o una sentencia de la Corte Constitucional pueden dejarlas sin efecto.

¿Qué puede pasar ahora con los derechos laborales de los vigilantes?

El Ministerio del Trabajo podría expedir una nueva circular o un decreto reglamentario que aclare el alcance de la jornada. También es posible que las diferencias se resuelvan en la jurisdicción laboral con demandas de los trabajadores.

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