El Consejo Nacional Electoral (CNE) tiene en estudio una ponencia que, según la Revista RAYA, le daría vida jurídica al partido político Defensores de la Patria, una colectividad vinculada al presidente Abelardo de la Espriella. La decisión depende de los magistrados de la Sala de pleno del organismo electoral.
El proyecto, conocido por ese medio, plantea una interpretación que se aparta de los precedentes fijados tanto por la Corte Constitucional como por el propio CNE. El punto central del debate es un requisito legal que, de acuerdo con RAYA, no se habría cumplido en plenitud para acceder a la personería jurídica.
La personería jurídica es el reconocimiento oficial que el Estado colombiano otorga a una organización política para actuar como partido. Ese aval le permite a la colectividad postular candidatos a cargos de elección popular, recibir financiación estatal para campañas y funcionamiento, y acceder a espacios en medios de comunicación con franquicia electoral.
En Colombia, para obtener la personería jurídica los partidos deben acreditar, entre otros requisitos, un número mínimo de afiliados verificados por el CNE. La Corte Constitucional ha fijado criterios reiterados sobre la manera de contabilizar esos respaldos, y el propio Consejo ha aplicado esa línea en decisiones anteriores. La nueva ponencia, según RAYA, propone apartarse de esa práctica.
Defensores de la Patria se inscribió como movimiento político con la aspiración de convertirse en partido. La organización ha estado públicamente asociada al presidente Abelardo de la Espriella y ha sido señalada como una de las plataformas con las que ese sector busca consolidar presencia en el sistema de partidos colombiano.
Si el CNE aprueba la ponencia y otorga la personería, el movimiento podrá participar en futuros procesos electorales bajo esa nueva condición. Si la rechaza o la devuelve a estudio, el trámite deberá surtirse nuevamente o ajustarse a los criterios que la propia entidad ha venido aplicando. La decisión, por tanto, tiene consecuencias directas sobre la composición del mapa partidista.
El caso llega en un momento sensible para la institucionalidad electoral. El CNE enfrenta cuestionamientos sobre su funcionamiento, y el papel de la Corte Constitucional en la unificación de criterios sobre umbrales y afiliados ha sido reiterado en distintas sentencias. Cualquier apartamiento de esa línea, según analistas consultados por distintos medios, suele requerir una motivación explícita.
La fuente consultada por RAYA señala que la ponencia omite considerar un requisito fundamental. El medio no detalla públicamente cuáles serían los otros sustentos jurídicos del proyecto. Hasta tanto el CNE se pronuncie en Sala plena, no existe una decisión formal y el texto puede ser ajustado, debatido o archivado por los magistrados.
Para la ciudadanía, el desenlace importa porque define si una nueva colectividad entra al sistema de partidos con todos los derechos que eso implica. También interesa porque el reconocimiento de la personería suele ser cuestionado judicialmente cuando se aparta de los precedentes, lo que podría abrir nuevas pugnas en los tribunales.
