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PositivoPolítica28 de septiembre de 2026

Colombia prohíbe la entrada de productos elaborados con trabajo forzoso mediante un nuevo decreto

El Gobierno nacional firmó un decreto que restringe la importación de productos fabricados con trabajo forzoso. La Dian quedó encargada del control, la fiscalización y la investigación que contempla la medida.

Colombia prohíbe la entrada de productos elaborados con trabajo forzoso mediante un nuevo decreto

Imagen: elpais.com.co

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El Gobierno colombiano firmó un decreto que prohíbe el ingreso al país de productos elaborados con trabajo forzoso y asigna a la Dian las funciones de control, fiscalización e investigación. La medida protege derechos laborales y fortalece la institucionalidad comercial frente a bienes producidos en esas condiciones.

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Acción del gobiernoMedida oficial
Impacto por dimensión
Derechos y libertades+1.6

“Colombia le cierra la puerta a productos hechos con trabajo forzoso”

Legalidad y promesas+1.6

“Gobierno firma nuevo decreto”

Transparencia e institucionalidad+1.6

“La Dian tendrá a su cargo las labores de control, fiscalización e investigación previstas en la medida”

Economía y empleo+1

“Cierre del mercado colombiano a productos elaborados con trabajo forzoso”

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El Gobierno nacional expidió un decreto dirigido a cerrar la puerta, en Colombia, a los productos que en su cadena de producción hayan sido elaborados con trabajo forzoso. La decisión quedó formalizada en una norma que ahora empieza a regir y que compromete a varias entidades del Estado en su aplicación.

Según la información publicada por El País, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) será la entidad encargada de las labores de control, fiscalización e investigación previstas en la medida. Esto implica que la Dian tendrá herramientas para revisar los cargamentos que llegan al país y para abrir procesos cuando sospeche que un bien importado fue producido en condiciones de trabajo forzoso.

El concepto de trabajo forzoso, reconocido por organismos internacionales como la Organización Internacional del Trabajo (OIT), abarca cualquier labor exigida bajo amenaza, coerción o engaño, sin el consentimiento libre e informado del trabajador. Aunque Colombia ya contaba con normas laborales y penales que sancionan estas prácticas dentro del territorio, la novedad del decreto es que lleva la prohibición al plano del comercio exterior.

Para los importadores colombianos, la medida agrega un nuevo filtro en los trámites aduaneros. Las empresas que traen mercancía del extranjero deberán asegurarse de que sus proveedores no empleen mano de obra forzada en ninguna etapa de la cadena, so pena de enfrentar investigaciones por parte de la Dian y eventuales sanciones contempladas en la propia norma.

En el plano internacional, distintos países ya adoptaron legislaciones similares para restringir la entrada de bienes producidos en esas condiciones. Estados Unidos, por ejemplo, cuenta desde hace años con prohibiciones específicas en su normativa comercial. Con este decreto, Colombia se suma a la tendencia de condicionar el acceso a su mercado al respeto de estándares laborales en la producción.

El impacto para los consumidores colombianos podría sentirse en la disponibilidad de algunos productos importados si la Dian detecta incumplimiento y ordena su decomiso o devolución. Al mismo tiempo, la medida representa una señal para los productores extranjeros que quieran vender en el país, quienes deberán ajustar sus prácticas si quieren conservar el acceso al mercado colombiano.

Las reacciones del sector empresarial y de organizaciones sindicales y de derechos humanos todavía están en desarrollo. Mientras los gremios importadores suelen pedir reglas claras y plazos de transición, las organizaciones de derechos humanos tienden a valorar la prohibición como un paso necesario para combatir la esclavitud moderna.

Quedan pendientes aspectos clave de la implementación, como los protocolos de verificación que aplicará la Dian, los criterios para acreditar que un producto está libre de trabajo forzoso y las sanciones específicas para quienes incumplan la norma. El decreto abre el camino, y ahora el reto pasa por traducirlo en controles efectivos en puertos y fronteras.

Preguntas frecuentes

¿Qué prohíbe exactamente el nuevo decreto?

Prohíbe la importación a Colombia de productos que hayan sido elaborados usando trabajo forzoso en cualquier etapa de su producción.

¿Qué entidad se encarga de hacer cumplir la medida?

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), que tendrá a su cargo el control, la fiscalización y la investigación de los casos.

¿A quiénes afecta esta decisión?

A los importadores colombianos, que deben garantizar que sus proveedores no usen trabajo forzoso, y a los productores extranjeros que quieran vender en el mercado colombiano.

¿Qué es trabajo forzoso según estándares internacionales?

Es cualquier labor exigida a una persona bajo amenaza, coerción o engaño, sin su consentimiento libre e informado, según la definición de la Organización Internacional del Trabajo.

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