La Corte Constitucional hizo un llamado directo al Gobierno nacional y al Congreso de la República para que regulen los derechos y los deberes de los creadores de contenido digital, conocidos popularmente como influencers, según informó Telemedellín. La advertencia de la Corte pone sobre la mesa la necesidad de definir reglas claras para una actividad que, en la práctica, ya mueve miles de millones de pesos en publicidad y patrocinios en el país.
La figura del influencer ha crecido con fuerza en Colombia durante los últimos años. Muchos creadores de contenido operan en plataformas como YouTube, TikTok, Instagram y X, y obtienen ingresos por publicidad, alianzas con marcas, venta de productos propios y colaboraciones con agencias. Sin embargo, hasta ahora no existe en Colombia una legislación específica que contemple su actividad, sus obligaciones tributarias, los límites a la publicidad que realizan o su responsabilidad frente al público que los sigue.
La Corte Constitucional es el órgano encargado de guardar la integridad de la Constitución Política de 1991 y de revisar la constitucionalidad de las leyes. Entre sus atribuciones está la de emitir sentencias de constitucionalidad y de tutela, y a través de sus decisiones puede señalar vacíos legislativos y conminar al Congreso para que legisle sobre materias que considera protegidas por la Carta. En este caso, el alto tribunal advirtió que la falta de regulación sobre los creadores de contenido deja sin protección efectiva derechos de los propios influencers, de las marcas que contratan con ellos y de los consumidores que reciben su mensaje.
Para los creadores de contenido, la ausencia de reglas claras genera incertidumbres en temas como la facturación, el pago de impuestos, los contratos con marcas y la responsabilidad legal por el contenido que publican. Una regulación permitiría, por ejemplo, definir qué tipo de publicidad debe ser identificada como tal, establecer cargas mínimas de transparencia y precisar qué ocurre cuando un influencer difunde información falsa o promueve productos que puedan afectar la salud o la economía de sus seguidores.
Para los ciudadanos, el debate también es relevante porque buena parte de la opinión pública, sobre todo entre los más jóvenes, consume noticias, recomendaciones de consumo y opiniones políticas a través de estos canales. La falta de reglas deja en un limbo cuestiones como los límites a la publicidad encubierta, la promoción de apuestas en línea, los tratamientos estéticos o los productos financieros, que suelen ser difundidos por creadores con audiencias de cientos de miles o millones de personas.
En el Congreso de la República ya han cursado proyectos de ley orientados a regular la actividad de los influencers y la publicidad en redes sociales, aunque ninguno ha logrado convertirse en ley. La advertencia de la Corte podría darle un nuevo impulso a esas iniciativas o motivar la radicación de un texto conciliado que recoja las preocupaciones de la corporación, del Gobierno y de los propios creadores de contenido. También se abre la posibilidad de que el Ejecutivo expida decretos con fuerza regulatoria en aspectos puntuales, por ejemplo en materia de transparencia publicitaria o de protección al consumidor.
En el sector privado, las agencias de marketing digital y las plataformas de redes sociales han expresado en distintos escenarios la necesidad de reglas estables para planificar inversiones y proteger tanto a las marcas como a los usuarios. La decisión de la Corte, al fijar un llamado expreso al Congreso y al Gobierno, vuelve a poner el tema en la agenda pública y obliga a las partes a sentarse a discutir los contornos de una regulación que, por la velocidad del ecosistema digital, corre el riesgo de quedar desactualizada poco después de ser aprobada.
Queda por verse cómo reaccionarán el Ministerio de las TIC, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y las comisiones constitucionales del Congreso, que son las llamadas a estructurar un eventual proyecto. También se deberá definir si la regulación se concentra en los influencers con fines comerciales o si se extiende a otros actores del ecosistema digital, como los streamers, los creadores de contenido educativo o los operadores de canales masivos. La advertencia de la Corte Constitucional marca, en todo caso, un punto de partida para que el país discuta con seriedad cómo legislar sobre una actividad que ya es parte central de la vida económica y cultural de los colombianos.
