El Consejo de Estado dejó sin efectos el auto del 12 de febrero que suspendía de manera provisional el Decreto 1469 de 2025. Según la información publicada por La República, esa suspensión había congelado temporalmente el decreto con el que el Gobierno nacional fijó el salario mínimo vigente, cuya variación fue del 23,7 por ciento.
Con la revocatoria, la norma recupera su aplicación plena mientras el proceso avanza en la Sección Segunda del Consejo de Estado, donde se estudia una demanda contra el decreto. La decisión no significa un fallo de fondo sobre la legalidad del acto, sino que reestablece su vigencia mientras se resuelve la controversia.
El Decreto 1469 de 2025 es el acto administrativo mediante el cual el Gobierno fija cada año el salario mínimo que deben recibir los trabajadores formales en Colombia. La cifra, concertada o fijada de manera unilateral por el Ejecutivo cuando no hay acuerdo con los sindicatos y los gremios, sirve de base para el cálculo de prestaciones, aportes a seguridad social y multas, entre otros.
La suspensión provisional es una figura que pueden decretar los jueces contencioso administrativos cuando encuentran razones serias para considerar que un acto administrativo vulnera la ley. Su naturaleza es cautelar: busca evitar que se sigan aplicando los efectos de una norma mientras se resuelve el juicio de nulidad. Esa medida fue la que adoptó el auto del 12 de febrero, ahora revocado.
El incremento del 23,7 por ciento en el salario mínimo es uno de los más altos en la historia reciente del país. Ese tipo de alzas tiene efectos directos sobre los ingresos de los trabajadores formales que devengan el mínimo, pero también presiona al alza los costos laborales de las empresas, en especial de las micro y pequeñas, y de sectores con mano de obra intensiva.
Para los empleadores y trabajadores, el levantamiento de la suspensión implica que el valor del salario mínimo debe pagarse conforme al decreto y que los efectos del aumento se mantienen sin interrupción. Para los demandantes y los analistas, el proceso judicial sigue abierto y la discusión sobre los argumentos técnicos y jurídicos del decreto entrará en una nueva etapa.
El Consejo de Estado es el máximo tribunal de lo contencioso administrativo en Colombia y tiene entre sus funciones resolver las demandas contra los actos administrativos del Gobierno. Sus decisiones en materia de suspensión provisional son recurribles, pero mientras estén vigentes son de cumplimiento inmediato para las partes y para la administración.
Queda pendiente la sentencia de fondo que determine si el Decreto 1469 de 2025 se ajusta o no a la ley. Hasta entonces, el salario mínimo rige con el porcentaje fijado en el decreto, y las autoridades administrativas, los trabajadores y los empleadores deben atenerse a ese valor en sus relaciones laborales y en sus cálculos prestacionales.
