La decisión fue adoptada por la Sala de Seguimiento a Tutelas de la Corte Suprema de Justicia, que vigilará el cumplimiento del cronograma que entreguen las entidades obligadas. La medida busca que miles de usuarios que han reclamado mediante acción constitucional el acceso a servicios y tecnologías de salud reciban respuesta efectiva.
La Nueva EPS es una de las entidades promotoras de salud más grandes del país y actualmente se encuentra bajo intervención por parte del Gobierno nacional. Esta condición fue determinante para que el alto tribunal incluyera en la orden a varias entidades del Estado, al considerar que la administración de la aseguradora es responsabilidad directa del Ejecutivo mientras dure la intervención.
El plan ordenado por la Corte Suprema deberá priorizar a pacientes cuya salud esté en riesgo grave por la falta de entrega de medicamentos, procedimientos o tratamientos. También incluirá a personas amparadas por la especial protección constitucional, categoría que cobija a menores de edad, adultos mayores, madres gestantes, personas con discapacidad y poblaciones étnicas, entre otros grupos vulnerables.
La acumulación de tutelas en la Nueva EPS es un fenómeno que se ha agravado en los últimos años por las dificultades financieras y operativas que atraviesa la entidad. Los usuarios han reportado demoras en la entrega de medicamentos, negación de servicios incluidos en el plan de beneficios y barreras para acceder a tratamientos especializados.
La Corte Suprema ha sido enfática en que las tutelas no pueden seguir quedando sin cumplimiento. El despacho considera que la figura de la intervención no exime a la entidad de responder por las obligaciones en salud de sus afiliados, y que las autoridades nacionales deben garantizar que los fallos judiciales se acaten en los términos establecidos.
La orden alcanza al Ministerio de Salud como ente rector del sistema, a la Superintendencia Nacional de Salud como organismo de inspección y vigilancia, y a la Presidencia de la República como responsable final de la intervención. Las tres instancias deberán articular una respuesta conjunta con los administradores de la Nueva EPS para diseñar e implementar la estrategia.
Para los usuarios el impacto puede ser directo. Quienes habían interpuesto tutelas y esperaban meses por una respuesta podrían ver acelerados sus trámites si la estrategia prioriza los casos más críticos. No obstante, el alcance real de la medida dependerá del contenido específico del plan y de los mecanismos de seguimiento que disponga la Corte.
Organizaciones de pacientes y veedurías en salud venían solicitando intervenciones de este tipo ante lo que califican como una crisis estructural en la Nueva EPS. La decisión de la Corte Suprema se conoce en un momento en que el sistema de salud colombiano enfrenta presiones por el creciente número de reclamos y por la situación financiera de varias EPS del régimen contributivo y subsidiado.
El plazo máximo fijado por el alto tribunal empieza a correr desde la notificación del auto a las entidades obligadas. Una vez cumplido el término, la Corte evaluará si la estrategia presentada cumple con los criterios de priorización exigidos y si se ajusta a los tiempos razonables para la atención de los pacientes. El seguimiento será periódico y cualquier incumplimiento podría derivar en investigaciones disciplinarias o penales contra los responsables.
