La Sala Plena de la Corte Constitucional estudió la reforma pensional aprobada por el Congreso y, según reportó Revista Semana, avaló la mayoría de la ley. Sin embargo, devolvió varios artículos a la Cámara de Representantes para que sean subsanados antes de su entrada en vigencia plena.
El control automático de constitucionalidad es un paso obligado para las leyes que reforman los derechos sociales, como es el caso del sistema pensional. En esa revisión, la Corte puede declarar la exequibilidad de los artículos, condicionarlos o devolverlos al Congreso cuando encuentra errores de procedimiento o de forma que deben corregirse.
La devolución de artículos no implica un rechazo de fondo a toda la reforma. El Congreso deberá corregir los puntos señalados y tramitarlos nuevamente, para que la Corte pueda pronunciarse sobre su constitucionalidad. Mientras tanto, las normas avaladas siguen firmes dentro del ordenamiento jurídico.
La reforma pensional es una de las piezas centrales de la política social del Gobierno nacional. Su objetivo, planteado desde el inicio del trámite legislativo, fue modificar el sistema de pensiones para ampliar la cobertura y ajustar los requisitos de acceso, en un país con una población que envejece de manera acelerada.
El sistema pensional colombiano opera bajo un esquema mixto. Tiene un pilar contributivo, administrado por Colpensiones y por los fondos privados, y un pilar solidario orientado a los adultos mayores en situación de vulnerabilidad. Cualquier ajuste a esas reglas afecta de manera directa a trabajadores, empleadores y pensionados.
Para los ciudadanos, la decisión de la Corte implica que el Congreso tendrá que abrir un nuevo debate sobre los artículos devueltos. Ese trámite puede retrasar la aplicación práctica de algunos cambios previstos en la reforma y abrir espacios para que distintos sectores propongan modificaciones adicionales.
Desde el ámbito laboral, los cambios al sistema pensional interesan tanto a quienes están cotizando como a quienes esperan acceder a una pensión. Las reglas sobre semanas cotizadas, edad de jubilación y transición entre regímenes son determinantes para calcular cuándo y cuánto recibirá cada persona al finalizar su vida laboral.
La Corte no publicó en el extracto el listado exacto de los artículos devueltos, ni los argumentos puntuales que sustentaron la decisión. Revista Semana indicó que esos detalles harán parte del texto completo de la sentencia, que se conocerá en los próximos días y que guiará el trabajo de la Cámara de Representantes.
El Congreso deberá ahora conformar una comisión para estudiar los artículos objetados y presentar un nuevo texto que subsane los reparos del alto tribunal. Una vez aprobado en la Cámara, el proyecto deberá volver a pasar el filtro de la Corte Constitucional antes de integrarse definitivamente a la ley.
