El presidente Abelardo de la Espriella firmó un decreto que pone fin a la suspensión de los permisos para el porte de armas en Colombia, según informó Caracol Radio. La decisión reactiva la expedición de estas autorizaciones por parte de las autoridades competentes en la materia.
De acuerdo con la fuente, el decreto no elimina los requisitos existentes para acceder a un permiso. Por el contrario, mantiene los controles vigentes y las exigencias que deben cumplir los solicitantes ante las autoridades encargadas de expedir y supervisar el porte de armas en el territorio nacional.
El porte de armas en Colombia está regulado por el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana y por normas complementarias del Ministerio de Defensa. La expedición de permisos corresponde a la Industria Militar (Indumil) en coordinación con la Fuerza Pública, que verifica antecedentes, requisitos psicológicos y capacitación, entre otros.
La suspensión previa había congelado la entrega de nuevas autorizaciones, lo que afectó tanto a personas naturales como a empresas de vigilancia privada que dependen de estos permisos para operar. Con el nuevo decreto, esos trámites vuelven a procesarse bajo el mismo marco normativo que regía antes.
Para la ciudadanía, el levantamiento implica que quienes cumplan los requisitos legales pueden volver a solicitar el permiso y, según el caso, obtener su tenencia o porte. Las armas inscritas en el registro oficial y los controles de las Fuerzas Militares y de Policía se mantienen sin cambios, según lo previsto en la normatividad vigente.
La medida también impacta a los actores del sector de la seguridad privada. Estas empresas requieren personal con permisos vigentes para prestar servicios de vigilancia, por lo que el descongelamiento facilita la renovación y expedición de credenciales que habían quedado en pausa durante la suspensión.
Las reacciones de otros sectores, como organizaciones de víctimas, expertos en desarme y gremios de seguridad, no aparecen detalladas en la fuente consultada. Queda pendiente conocer los detalles del decreto, su fecha de entrada en vigencia y los criterios exactos que deberán seguir las autoridades al evaluar nuevas solicitudes.
Con esta firma, el Ejecutivo reabre uno de los trámites restringidos durante el periodo de suspensión, sin modificar de fondo el esquema de controles. El siguiente paso será la publicación oficial del texto y su implementación por parte de las entidades encargadas del control de armas en el país.
