El Gobierno nacional, encabezado por el presidente Abelardo de la Espriella, expidió el Decreto 1368 de 2026, mediante el cual se levanta la suspensión general que regía sobre el porte de armas de fuego en Colombia. La decisión quedó consignada en el texto del decreto, según reportó el diario El Expreso.
La suspensión general del porte de armas había sido una de las medidas de orden público más extendidas en la historia reciente del país, aplicada por distintos gobiernos con el argumento de reducir los índices de violencia armada y proteger a la población civil. Con el nuevo decreto, esa restricción deja de tener vigencia general, aunque la norma establece requisitos y condiciones específicas que los ciudadanos deben cumplir.
El porte de armas en Colombia está regulado por el Ministerio de Defensa y, en particular, por la Dirección de Control y Comercialización de Armas de Fuego, Municiones y Explosivos. Esta entidad es la encargada de expedir los permisos individuales, expedir los salvoconductos y verificar que los solicitantes cumplan con los requisitos legales, entre ellos la ausencia de antecedentes penales, la aptitud psicológica y la capacitación en el uso de armas.
Aunque el decreto no fue detallado en su totalidad por la fuente, la medida trae consigo nuevas restricciones que los ciudadanos interesados en portar armas de fuego deberán observar. El levantamiento de la suspensión general abre la puerta a que más personas puedan solicitar los permisos correspondientes ante la autoridad competente, siempre y cuando acrediten los requisitos fijados en la normativa.
Para los ciudadanos, el cambio implica un escenario distinto en materia de seguridad personal. Quienes cumplan con los requisitos legales podrían acceder al porte de armas, mientras que quienes no los cumplan seguirán sujetos a las sanciones penales contempladas en el Código Penal y en la Ley 1801 de 2016, conocida como Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, que tipifica como conducta contraria a la convivencia el porte de armas en lugares prohibidos o sin los permisos respectivos.
La decisión del Ejecutivo se conoce en un contexto de debate público sobre la situación de orden público en varias regiones del país y sobre el papel del porte legal de armas como herramienta de defensa. Sectores de la sociedad han planteado posiciones encontradas frente a este tipo de medidas, argumentando algunos que la suspensión general desincentiva la violencia armada y otros que limita la capacidad de legítima defensa de los ciudadanos.
Con el Decreto 1368 de 2026, el Gobierno también deberá precisar las condiciones bajo las cuales se otorgarán los permisos, los lugares donde seguirá prohibido el porte de armas y los mecanismos de seguimiento y control que se aplicarán a los portadores autorizados. La ciudadanía podrá consultar el texto completo del decreto para conocer los detalles específicos de los requisitos y las restricciones vigentes.
Queda por verse cómo se articulará esta nueva regulación con las políticas de desarme y con los programas de entrega voluntaria de armas que han funcionado en años recientes. La implementación del decreto y su impacto en los índices de violencia serán temas que el Gobierno, las Fuerzas Militares y los organismos de seguridad tendrán que evaluar en los próximos meses.
