El abogado Juan Francisco Navarrete se refirió al decreto que el Gobierno Nacional expidió para regular la protesta pacífica en Colombia. En su lectura, la medida fija reglas claras sobre los momentos en que las autoridades pueden restringir una manifestación o intervenir para restablecer el orden, según recogió la Emisora Atlántico.
Para el jurista, el decreto parte de reconocer la protesta como un derecho constitucional y, al mismo tiempo, establece los límites cuando esta se desvía hacia hechos violentos. En esa frontera, sostuvo, aparece el papel de la Fuerza Pública, que solo debería actuar bajo criterios objetivos y no por criterios políticos o subjetivos del funcionario de turno.
Navarrete insistió en que la intervención de la policía y las fuerzas militares debe estar guiada por protocolos verificables. Eso incluye, por ejemplo, la existencia de hechos concretos como bloqueo total de vías, daños a la propiedad pública o privada, lesiones a personas o uso de armas por parte de quienes protestan. Mientras no se configure alguna de esas situaciones, la manifestación debe poder desarrollarse sin restricciones.
La lectura del abogado apunta a que el decreto busca llenar un vacío que dejó la Sentencia C-281 de 2017 de la Corte Constitucional, que declaró inexequible buena parte del antiguo Código de Policía sobre la materia. Tras esa decisión, distintos gobiernos han intentado, mediante decretos, regular los criterios para que la Fuerza Pública pueda actuar durante las jornadas de paro, marchas y bloqueos.
La importancia del tema radica en que Colombia atraviesa ciclos frecuentes de paro nacional, bloqueos de vías y jornadas de protesta en distintas regiones. En esos escenarios, la ciudadanía suele preguntar hasta dónde llega el derecho a manifestarse y en qué momento el Estado puede ordenar operativos de desbloqueo o de control de disturbios. La respuesta, según Navarrete, está en los hechos y no en las percepciones.
El decreto también introduce responsabilidad para los organizadores de la protesta. Quienes convocan deben garantizar, en la medida de lo posible, que la manifestación se mantenga pacífica. Si no lo logran y se presentan hechos de violencia, pueden enfrentar investigaciones por parte de la Fiscalía y sanciones en el marco del Código Penal y del Código de Policía.
Otro punto que destacó Navarrete es la obligación de las alcaldías y gobernaciones de facilitar los corredores de movilidad y los puntos de concentración. Las autoridades locales tienen que coordinarse con la Policía Nacional para evitar bloqueos prolongados, y a la vez proteger a quienes ejercen su derecho a la protesta. Esa coordinación, dijo, es clave para que no se presenten excesos de ningún lado.
El abogado concluyó que el decreto es una herramienta jurídica válida, siempre que se aplique con apego a los principios de necesidad, proporcionalidad y legalidad. Advirtió que cualquier intervención de la Fuerza Pública que no cumpla esos tres principios podría ser cuestionada ante los jueces competentes. La ciudadanía, agregó, debe conocer tanto sus derechos como los límites que la ley les impone.
La Emisora Atlántico recogió los planteamientos de Navarrete como parte de su cobertura sobre el alcance del decreto. Queda pendiente conocer el texto completo de la norma y las observaciones que formulen otras voces del derecho, la academia y las organizaciones de derechos humanos sobre su contenido.
