El gobierno nacional, encabezado por el presidente Abelardo de la Espriella, firmó un decreto que ajusta la normativa vigente sobre las protestas ciudadanas en Colombia, según reportó el medio CAMBIO Colombia en una publicación reciente. La decisión marca un nuevo capítulo en la regulación de la movilización social, un tema que ha sido central en la vida pública del país durante las últimas décadas.
El contenido exacto del decreto, que no se reproduce en el extracto disponible, introduce cambios en aspectos como la autorización, los límites geográficos y los protocolos de actuación de la fuerza pública durante las manifestaciones. CAMBIO Colombia señaló que la medida busca establecer reglas más claras para la convivencia entre el derecho a la protesta y la garantía del orden público, aunque la valoración de si logra ese equilibrio depende de la lectura que hagan ciudadanos, juristas y organizaciones de derechos humanos.
Colombia cuenta desde 2021 con una jurisprudencia constitucional robusta sobre la protesta social, construida a partir de la Sentencia C-011 y de los lineamientos de la Corte Constitucional. Cualquier nuevo decreto que regule la materia debe articularse con esos precedentes, que priorizan la presunción de legalidad de las manifestaciones pacíficas y establecen criterios estrictos para el uso de la fuerza.
Para los ciudadanos, el impacto inmediato del decreto se mide en dos planos. El primero es el ejercicio del derecho fundamental a la protesta, reconocido tanto en la Constitución como en tratados internacionales. El segundo es la respuesta institucional frente a bloqueos, disturbios o hechos de violencia que puedan presentarse en el marco de las marchas, un aspecto que durante los últimos años ha sido objeto de investigaciones por parte de la Procuraduría y la Defensoría del Pueblo.
Sectores del oficialismo han defendido la necesidad de contar con reglas más precisas para evitar alteraciones del orden público y proteger a los ciudadanos que no participan en las movilizaciones. Por su parte, organizaciones de la sociedad civil y colectivos de derechos humanos suelen advertir que normas más restrictivas pueden traducirse en limitaciones desproporcionadas al derecho a la manifestación, especialmente cuando se aplican en contextos de alta conflictividad social.
El decreto se conoce en un momento en el que el gobierno de De la Espriella ha puesto el orden público y la seguridad como prioridades de su agenda. La forma como se implemente la nueva normativa, las capacitaciones a la fuerza pública y los protocolos de acompañamiento a los marchantes serán determinantes para evaluar sus efectos prácticos en las próximas jornadas de movilización que se convoquen en el país.
Quedan varios frentes por esclarecer. Falta conocer el texto completo del decreto, los actos administrativos que lo reglamenten y las observaciones que formulen la Defensoría del Pueblo, la Procuraduría General y la academia. También será clave el pronunciamiento de la Corte Constitucional, en caso de que se presenten demandas contra la nueva norma por eventuales vulneraciones a los derechos fundamentales de los colombianos.
