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title: "Decreto 1420 permite contratación directa y adiciones sin tope en la zona del terremoto"
description: "El Gobierno nacional expidió el Decreto 1420, que habilita a las alcaldías a contratar sin licitación y a realizar adiciones presupuestales sin el tope habitual del 50 % en los municipios afectados por el terremoto. La norma busca agilizar la reconstrucción, aunque concentra la atención en los controles para evitar sobrecostos."
image: "https://abelardopresidente.co/media/el-gobierno-dejo-contratar-sin-licitacion-y-adicionar-sin-tope-del-50-en-la-zona.webp"
date: "2026-09-22T09:08:55Z"
area: "Gobierno"
calificacion: "Negativa"
fuente: "mascolombia.com"
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# Decreto 1420 permite contratación directa y adiciones sin tope en la zona del terremoto

> El Gobierno nacional expidió el Decreto 1420, que habilita a las alcaldías a contratar sin licitación y a realizar adiciones presupuestales sin el tope habitual del 50 % en los municipios afectados por el terremoto. La norma busca agilizar la reconstrucción, aunque concentra la atención en los controles para evitar sobrecostos.

- Fecha: 2026-09-22T09:08:55Z
- Área: Gobierno
- Calificación del observatorio: **Negativa** (confianza 54%)
- Por qué: El Decreto 1420 habilita contratación directa y permite adicionar contratos sin tope del 50 % en los municipios de la zona del terremoto, según el extracto. La medida agiliza la contratación pública de emergencia, pero elimina controles competitivos y límites a los incrementos contractuales, lo que aumenta el riesgo de sobrecostos y opacidad.
- Fuente original: [mascolombia.com](https://mascolombia.com/decreto-1420-contratacion-estatal-terremoto-urgencia-manifiesta-sin-licitacion-adiciones-sin-tope-50-por-ciento-16-departamentos-colombia-compra)
- URL canónica: https://abelardopresidente.co/noticia/el-gobierno-dejo-contratar-sin-licitacion-y-adicionar-sin-tope-del-50-en-la-zona

El Gobierno nacional emitió el Decreto 1420, una norma excepcional dirigida a los municipios golpeados por el reciente terremoto. El texto autoriza a las alcaldías de esas zonas a suscribir contratos con el Estado sin necesidad de adelantar el proceso de licitación pública que exige la contratación estatal ordinaria.

Adicionalmente, el decreto elimina el límite del 50 % que pesa sobre las adiciones presupuestales a contratos ya firmados. En condiciones normales, una adición no puede superar ese porcentaje del valor inicial del contrato, según las normas de contratación pública vigentes en Colombia.

La medida se inscribe en el marco de la respuesta institucional frente a la emergencia. Tras un sismo de gran magnitud, el Ejecutivo suele expedir decretos con fuerza de ley que declaran la situación de desastre y permiten tomar decisiones rápidas para atender a la población y restablecer servicios.

Para los mandatarios locales, la disposición representa un cambio operativo de gran alcance. Podrán contratar obras, suministros y servicios por la vía directa, sin los plazos y la documentación que exige una licitación, lo que en teoría acelera la llegada de ayudas y la rehabilitación de infraestructura.

En paralelo, el decreto prevé controles especiales sobre esos procesos. El artículo consultado por la fuente menciona mecanismos de seguimiento, reportes y vigilancia para que las alcaldías rindan cuentas sobre el uso de los recursos destinados a la reconstrucción.

La contratación directa, aunque es una figura legal prevista para emergencias, suele concentrar el riesgo de sobrecostos y de contratos poco competitivos. Por eso la norma insiste en la publicación de los procesos y en la intervención de los organismos de control.

Para los ciudadanos de los municipios afectados, el efecto inmediato se mide en la velocidad con que lleguen las soluciones: vivienda, vías, acueducto, hospitales y colegios forman parte del inventario habitual de daños tras un terremoto de gran magnitud en Colombia.

También cambia el mapa de proveedores. Constructoras, proveedores de materiales y firmas de consultoría pasan a tener una ventana de oportunidad para venderle al Estado en la zona del desastre, bajo procedimientos distintos a los concursos abiertos tradicionales.

Quedan pendientes varios capítulos de la implementación. Las alcaldías deberán publicar los contratos y las alcaldías y el Gobierno deberán entregar reportes periódicos sobre el avance de las obras y la ejecución de los recursos extraordinarios autorizados por el decreto.

La norma completa y sus anexos están disponibles en el portal de normativa del Gobierno y fueron reseñados por Más Colombia, fuente que détaille los controles y el procedimiento para que proveedores y ciudadanos conozcan los alcances del Decreto 1420.

## Preguntas frecuentes

### ¿Qué permite hacer el Decreto 1420 a las alcaldías?

Autoriza la contratación directa con el Estado, sin licitación, y elimina el tope del 50 % para las adiciones a contratos ya firmados en los municipios de la zona del terremoto.

### ¿Por qué el Gobierno tomó esta decisión?

La medida busca acelerar la reconstrucción en las zonas declaradas en situación de desastre tras el sismo, mediante procedimientos administrativos más ágiles.

### ¿Qué controles quedan sobre esos contratos?

El decreto establece mecanismos de seguimiento, publicación obligatoria de los procesos y reportes a los organismos de control para vigilar el uso de los recursos.

### ¿Cómo puede un proveedor venderle al Estado bajo este decreto?

Las alcaldías podrán invitarlos de forma directa para obras, suministros o servicios. Los proveedores deben estar atentos a las publicaciones oficiales de cada municipio y a los pliegos de condiciones que se difundan en el marco de la emergencia.

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Publicado por [Abelardo Presidente](https://abelardopresidente.co), observatorio ciudadano y neutral del gobierno de Colombia. Cada hecho cita su fuente y se califica por impacto verificable, no por posición política.
