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NeutralPolíticaAbelardo30 de junio de 2026

Constitucionalista señala que el presidente puede tener doble nacionalidad y abre el debate sobre el caso De la Espriella

El constitucionalista Juan Manuel Charry aseguró que la Constitución colombiana no prohíbe que un presidente tenga doble nacionalidad. La lectura del experto reabre la discusión sobre la situación jurídica del jefe de Estado, Abelardo de la Espriella, cuya nacionalidad ha sido cuestionada en distintos escenarios públicos.

Constitucionalista señala que el presidente puede tener doble nacionalidad y abre el debate sobre el caso De la Espriella

Imagen: La FM

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Un constitucionalista expresó que la Constitución colombiana no prohíbe la doble nacionalidad presidencial. Su opinión reabre el debate sobre la situación jurídica del presidente, pero el extracto no informa una decisión oficial ni una consecuencia institucional consumada.

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“Juan Manuel Charry aseguró que la Constitución colombiana no prohíbe que un presidente tenga doble nacionalidad.”

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“La lectura del experto reabre la discusión sobre la situación jurídica del jefe de Estado, Abelardo de la Espriella.”

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Juan Manuel Charry, constitucionalista consultado por La FM, sostuvo que la Carta Política contempla tres inhabilidades específicas para ejercer la Presidencia de la República. Una de ellas, explicó, está vinculada a la doble nacionalidad, pero su alcance y aplicación dependen de la interpretación jurídica sobre cada caso concreto.

El analista desglosó las causales de inhabilidad que la Constitución prevé para el cargo de jefe de Estado. Según su lectura, las restricciones no apuntan de manera automática a una persona por el hecho de poseer otra ciudadanía, y el estudio de cada situación debe hacerse a la luz del articulado y de la jurisprudencia vigente.

La intervención de Charry llega en un momento sensible para el gobierno de Abelardo de la Espriella, cuya nacionalidad ha sido objeto de controversia desde que se conocieron sus vínculos con otros países. La aclaración del constitucionalista busca arrojar claridad sobre un punto que, según el experto, se ha entendido de forma equivocada en algunos sectores de opinión.

En el debate constitucional colombiano, la doble nacionalidad ha tenido un tratamiento especial desde la reforma de 1991, cuando se reconoció la posibilidad de que los colombianos posean al mismo tiempo otra ciudadanía. La Corte Constitucional ha fijado lineamientos sobre cómo esa condición interactúa con el acceso a cargos públicos, incluidos los de elección popular.

Para entender el alcance de la afirmación de Charry es útil repasar qué dice la Constitución. El artículo 179 establece inhabilidades para los congresistas, y el 204 regula las causas de falta absoluta del presidente. Charry recordó que estas normas deben leerse de forma armónica con los principios de igualdad y de participación política que sustentan el ordenamiento.

El constitucionalista agregó que la inhabilidad relacionada con la doble nacionalidad responde a criterios objetivos consignados en la ley y en los tratados internacionales. En su concepto, el análisis del perfil del presidente De la Espriella debe pasar por ese filtro, en lugar de asumirse como una prohibición genérica.

La declaración tiene implicaciones directas para la opinión pública, que ha seguido con atención el origen y la formación del actual mandatario. En distintos espacios, periodistas, abogados y ciudadanos han pedido aclaraciones oficiales sobre si la doble nacionalidad es compatible con el ejercicio del cargo, una inquietud que la intervención de Charry contribuye a ordenar.

También abre preguntas sobre la competencia de las autoridades electorales y disciplinarias para pronunciarse en casos como este. Charry no descartó que, ante eventuales dudas, corresponda a los organismos competentes evaluar si la situación particular del presidente encuadra en alguna de las inhabilidades descritas en la Constitución.

Por ahora, la lectura del constitucionalista deja en pie la posibilidad de que un colombiano con doble nacionalidad pueda ser presidente, siempre que no se configure ninguna de las causales taxativas de inhabilidad. La discusión, según fuentes citadas por La FM, continuará en escenarios académicos y jurídicos en las próximas semanas.

Preguntas frecuentes

¿Qué dijo Juan Manuel Charry sobre la doble nacionalidad del presidente?

El constitucionalista explicó que la Constitución establece tres inhabilidades para ejercer la Presidencia y señaló que la relacionada con la doble nacionalidad tiene un alcance específico que no equivale a una prohibición automática para cualquier persona con esa condición.

¿La Constitución prohíbe que un presidente tenga doble nacionalidad?

Según Charry, la Carta no establece una prohibición general. La inhabilidad existe, pero su aplicación depende del cumplimiento de condiciones precisas previstas en la norma y en los tratados internacionales firmados por Colombia.

¿Por qué es relevante este debate para el gobierno de Abelardo de la Espriella?

Porque parte de la opinión pública ha cuestionado la nacionalidad del presidente y su compatibilidad con el cargo. Una lectura constitucional como la de Charry ayuda a ordenar la discusión, aunque la definición final correspondería a las autoridades competentes si se presentara alguna denuncia formal.

¿Qué otros pronunciamientos podrían esperarse sobre este tema?

Charry y otros expertos han planteado la necesidad de que la Corte Constitucional o los organismos electorales se pronuncien si surge alguna solicitud concreta. Mientras no haya un pronunciamiento institucional, el debate seguirá en el campo doctrinal y mediático.

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