Desde el 1 de julio entró a regir el nuevo recargo del 90% para quienes trabajan domingos o festivos en Colombia, como parte de la aplicación gradual de la reforma laboral. Antes, el recargo por trabajar esos días era del 75%, según la normatividad anterior, por lo que el cambio incrementa el valor que reciben los empleados por cada jornada dominical o festiva.
La reforma laboral fue aprobada por el Congreso de la República y empezó su implementación por fases. Este ajuste en el recargo es uno de los puntos centrales de la nueva legislación, que también contempla cambios en jornada, contratos y estabilidad. El incremento se aplica sobre el salario ordinario del trabajador, por lo que el valor final depende del sueldo base y de las horas laboradas en esos días.
Para calcular el pago, el empleador toma el salario diario del trabajador y lo multiplica por 1,9 cuando se trata de un domingo o festivo ordinario. Si la jornada coincide además con el horario nocturno, se suman los recargos correspondientes. El resultado es que un día de trabajo dominical o festivo queda remunerado casi al doble de un día habitual.
La medida cobija a los trabajadores formales del sector privado, que son quienes tenían regulado este recargo por ley. En el caso de los empleados públicos, las reglas dependen de cada entidad y de la negociación colectiva. Los trabajadores con contrato por horas o por días también deben recibir el recargo proporcional cuando coincidan con domingos o festivos.
Para los empleadores, el cambio representa un aumento en los costos de nómina, en especial en sectores que operan los siete días de la semana, como comercio, salud, alimentos, transporte y servicios. Sectores que tradicionalmente han concentrado trabajo dominical, como restaurantes, supermercados y hospitales, deben ajustar sus planillas y acuerdos internos de turnos.
El Ministerio del Trabajo ha reiterado que la inspección y vigilancia del cumplimiento de este tipo de recargos se mantiene como una de sus funciones centrales. Los trabajadores que consideren que su empleador no paga el recargo del 90% pueden presentar quejas ante la entidad, que tiene la potestad de investigar y sancionar.
Una de las dudas frecuentes entre los trabajadores es cómo se liquida cuando hay jornada extra dominical. En ese caso, el cálculo parte del salario ordinario, se aplica el recargo del 90% por ser domingo o festivo y, sobre ese valor, se suman las horas extras con sus respectivos recargos. El resultado es un pago acumulado que puede superar con creces el de un día normal.
La reforma también incluye otras disposiciones que se vienen implementando por etapas, como cambios en estabilidad laboral, límites a la contratación por horas y reglas para la jornada nocturna. El recargo del 90% se suma a ese paquete y se convierte en uno de los ajustes más visibles para los trabajadores en el corto plazo.
La entrada en vigencia del nuevo porcentaje marca un cambio en la relación entre empleadores y trabajadores en lo que respecta a días de descanso. Aunque la medida ya está en firme, su aplicación práctica depende de la actualización de los sistemas de nómina de las empresas, que deben reflejar el nuevo factor desde la primera quincena de julio.
