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title: "Emergencia por terremoto: ¿qué podrá hacer el presidente en 30 días?"
description: "Un terremoto llevó a que se declarara el estado de emergencia. La fuente plantea que el presidente De la Espriella podrá tomar medidas rápidas durante 30 días, aunque el abogado Jorge Hernán Beltrán Pardo advierte sobre la necesidad de mantener el control jurídico. El alcance de las decisiones y su ejecución serán determinantes para la reconstrucción."
image: "https://abelardopresidente.co/media/estado-de-emergencia-por-el-terremoto-que-podra-hacer-el-presidente-de-la-esprie.webp"
date: "2026-08-23T13:58:24Z"
area: "Gobierno"
calificacion: "Neutral"
fuente: "La FM"
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# Emergencia por terremoto: ¿qué podrá hacer el presidente en 30 días?

> Un terremoto llevó a que se declarara el estado de emergencia. La fuente plantea que el presidente De la Espriella podrá tomar medidas rápidas durante 30 días, aunque el abogado Jorge Hernán Beltrán Pardo advierte sobre la necesidad de mantener el control jurídico. El alcance de las decisiones y su ejecución serán determinantes para la reconstrucción.

- Fecha: 2026-08-23T13:58:24Z
- Área: Gobierno
- Calificación del observatorio: **Neutral** (confianza 0%, baja confianza: se mantiene neutral)
- Por qué: Se declara estado de emergencia tras un terremoto y se debate cómo el presidente podrá actuar en 30 días, con propuestas para agilizar contratación sin perder controles.
- Fuente original: [La FM](https://www.lafm.com.co/politica/estado-de-emergencia-terremoto-colombia-que-podra-hacer-abelardo-de-la-espriella-en-30-dias-408680)
- URL canónica: https://abelardopresidente.co/noticia/estado-de-emergencia-por-el-terremoto-que-podra-hacer-el-presidente-de-la-esprie

La FM publicó un análisis sobre las facultades del presidente De la Espriella durante el estado de emergencia decretado tras el terremoto. El resumen de la fuente pregunta qué podrá hacer el gobernante en los 30 días de duración previstos para esta figura.

Según el extracto, la aceleración de la reconstrucción será uno de los objetivos centrales de la emergencia. El abogado Jorge Hernán Beltrán Pardo plantea que la contratación pública debería realizarse con rapidez para responder a las necesidades generadas por el desastre.

La propuesta también incluye una advertencia sobre el control de los recursos y de las decisiones administrativas. El texto citado por La FM plantea contratar pronto sin sacrificar la vigilancia sobre el proceso, un aspecto relevante cuando se atienden situaciones de urgencia.

El estado de emergencia permite al Gobierno disponer de herramientas especiales para responder a una crisis. En este caso, el terremoto crea la necesidad de actuar con rapidez, pero las medidas tomadas durante el periodo deben operar dentro de las competencias y los controles previstos por el ordenamiento jurídico.

La reconstrucción puede requerir la contratación de bienes, obras o servicios y la coordinación de entidades públicas. La fuente no precisa cuáles serán las decisiones concretas, sus montos ni las instituciones responsables, por lo que esos detalles quedan pendientes de definición.

Para la ciudadanía, la aplicación de la emergencia puede incidir en la rapidez de la atención y en la recuperación de las condiciones afectadas por el terremoto. El resultado dependerá de las medidas administrativas, de la claridad de los procesos y de la supervisión sobre su ejecución.

El análisis de La FM no informa sobre las afectaciones registradas, el número de personas damnificadas ni el estado de los lugaresimpactados. Tampoco presenta una postura adicional del presidente o de otras autoridades, diferentes de la planteada por el abogado citado.

Durante los próximos 30 días será necesario conocer las actuaciones concretas que se adopten y cómo se articularán con la reconstrucción. La fuente deja abierta la pregunta sobre el equilibrio entre la respuesta inmediata y el control de las decisiones públicas.

## Preguntas frecuentes

### ¿Qué originó el estado de emergencia?

El estado de emergencia fue decretado tras un terremoto, según el titular y el resumen de La FM.

### ¿Durante cuánto tiempo estaría vigente?

La fuente plantea que el presidente podría actuar durante 30 días, aunque no precisa en el extracto las condiciones completas de la declaratoria.

### ¿Qué plantea hacer el abogado Jorge Hernán Beltrán Pardo?

Según La FM, plantea contratar rápidamente para acelerar la reconstrucción, sin sacrificar el control jurídico sobre el proceso.

### ¿Qué queda pendiente de conocer?

Falta conocer las medidas específicas, los recursos, las entidades responsables y los mecanismos de seguimiento de la reconstrucción.

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Publicado por [Abelardo Presidente](https://abelardopresidente.co), observatorio ciudadano y neutral del gobierno de Colombia. Cada hecho cita su fuente y se califica por impacto verificable, no por posición política.
