El exmagistrado del Consejo Nacional Electoral Luis Guillermo Pérez presentó una acción de nulidad ante el Consejo de Estado con el objetivo de suspender la posesión de Abelardo de la Espriella como presidente de Colombia, según informó el propio Pérez a través de sus redes sociales, donde dio a conocer las primeras diez páginas del recurso. La diligencia de posesión está prevista para el próximo 7 de agosto.
La acción judicial se dirige contra el acto administrativo que fija la fecha y las condiciones de la ceremonia de transmisión del mando presidencial. Pérez argumenta que dicho acto vulnera disposiciones legales y, por tanto, pide al Consejo de Estado que lo anule de manera preventiva, lo que en la práctica impediría que De la Espriella asuma la jefatura del Estado en la fecha prevista.
El Consejo de Estado es el máximo órgano de la Jurisdicción Contencioso Administrativa en Colombia y tiene entre sus competencias resolver las demandas contra actos administrativos del Gobierno nacional. Una acción de nulidad, como la radicada por Pérez, busca dejar sin efectos jurídicos un acto expedido por una autoridad pública cuando se considera que incurrió en irregularidades o contraría la ley.
Luis Guillermo Pérez fue magistrado del Consejo Nacional Electoral, organismo encargado de vigilar la organización de los procesos electorales y de garantizar el cumplimiento de las normas que regulan la actividad política en el país. Su salida del CNE se produjo tras el vencimiento de su período, según el esquema de rotación establecido en la legislación colombiana para esa corporación.
El recurso se conoce en un contexto de estrecha cercanía política entre Pérez y el expresidente Gustavo Petro, vínculo que el propio Pérez ha reconocido públicamente. Esta filiación explica, en buena medida, el tono político que ha adquirido la divulgación del documento, dado que el abogado decidió compartir las primeras páginas de la demanda a través de sus cuentas en redes sociales antes de que el Consejo de Estado se pronuncie.
Para la ciudadanía, el efecto práctico de esta acción depende de la decisión del Consejo de Estado. Si el tribunal concede una medida cautelar, la ceremonia del 7 de agosto podría suspenderse y el país quedaría en un limbo institucional mientras se resuelve el fondo del litigio. Si, por el contrario, la demanda no prospera en su etapa inicial, la posesión se realizaría en la fecha prevista y el nuevo gobierno comenzaría su mandato el 8 de agosto.
El precedente más cercano en Colombia sobre acciones judiciales contra la posesión presidencial es el proceso que en su momento enfrentó la elección de un jefe de Estado por doble votación. En aquella ocasión, el Consejo de Estado resolvió de manera definitiva antes de la fecha prevista. Ahora, el reloj corre contra la administración actual, que deberá esperar la respuesta del alto tribunal en cuestión de días.
Hasta el momento, ni Abelardo de la Espriella ni su equipo de transición han emitido una comunicación oficial sobre esta demanda. Tampoco se conoce pronunciamiento de la Registraduría Nacional del Estado Civil, entidad que tiene a su cargo la organización del acto protocolario del 7 de agosto. La atención ahora se centra en los plazos del Consejo de Estado para estudiar la solicitud y decidir si concede o no medidas cautelares.
El siguiente paso inmediato corresponde al Consejo de Estado, que debe evaluar si admite la demanda y, sobre todo, si otorga una suspensión provisional del acto de convocatoria a la posesión. Esa decisión, que podría adoptarse en cuestión de horas o de pocos días, será determinante para definir si Abelardo de la Espriella asume la presidencia el 7 de agosto o si el arranque de su mandato queda en suspenso por decisión judicial.
