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NeutralJusticiaAbelardo23 de junio de 2026

Abelardo de la Espriella no podrá desmontar la JEP sin reforma constitucional, según experto

Una de las propuestas centrales del presidente electo Abelardo de la Espriella fue eliminar la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), pero un experto consultado por Infobae advirtió que esa intención choca con la Constitución y exige un trámite que el Gobierno no puede hacer solo. La diferencia entre la promesa electoral y el camino jurídico reabre el debate sobre los límites del Ejecutivo frente a la justicia transicional.

Abelardo de la Espriella no podrá desmontar la JEP sin reforma constitucional, según experto

Imagen: Infobae

Neutral¿Por qué esta calificación?

Un experto consultado por Infobae advierte que la promesa del presidente electo de eliminar la JEP requeriría una reforma constitucional, lo que choca con el alcance jurídico del Ejecutivo. El hecho, reportado como análisis de un tercero, revela tensión entre una propuesta central de campaña y los límites institucionales para ejecutarla.

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Influencia mixtaOpinión
Impacto por dimensión
Legalidad y promesas-1.6

“La diferencia entre la promesa electoral y el camino jurídico reabre el debate sobre los límites del Ejecutivo frente a la justicia transicional.”

Transparencia e institucionalidad-1.6

“esa intención choca con la Constitución y exige un trámite que el Gobierno no puede hacer solo”

Objeciones de la revisión independiente
  • La atribución es incorrecta: Abelardo de la Espriella es 'presidente electo' (aún no en ejercicio), por lo que la promesa es de campaña, no una acción del Gobierno de Colombia en funciones. El artículo describe una promesa electoral y el análisis de un tercero, no una acción gubernamental consumada.
  • El estatus 'opinion' es razonable (proviene de un experto consultado por Infobae), pero el impacto negativo se está aplicando al Gobierno por algo que ni siquiera ha intentado ejecutar aún.
  • Magnitudes infladas: castigar con -1.6 en dos dimensiones una promesa de campaña que aún no se ha implementado y que un experto simplemente señala como jurídicamente difícil, es desproporcionado. Revelar que una propuesta requiere reforma constitucional es análisis, no un demérito del Gobierno actual.
  • No se trata de un hecho del Gobierno en ejercicio sino de una promesa del presidente electo; el impacto real (si lo hay) sería futuro y condicional.

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Durante la campaña, el entonces candidato Abelardo de la Espriella insistió en que uno de los primeros actos de su gobierno sería desmontar la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), el tribunal creado por el Acuerdo de Paz de 2016 para juzgar los crímenes del conflicto armado. La promesa hizo parte de su discurso contra los acuerdos con las Farc y contra lo que denominó una justicia permisiva con los excombatientes.

Un experto consultado por Infobae explicó que esa intención no se puede ejecutar por decreto ni por decisión presidencial. Según el análisis recogido por el medio, desmontar la JEP requeriría una reforma constitucional, un trámite que pasa por el Congreso de la República y que exige mayorías calificadas que hoy no están garantizadas para el nuevo gobierno.

La JEP nació como un componente del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, acordado entre el Estado colombiano y las Farc en La Habana. Su creación se hizo a través del Acto Legislativo 01 de 2017, que reformó la Constitución para darle cabida. Por eso, cualquier modificación de fondo necesita volver a tocar la Carta Política.

Además del trámite formal, la JEP tiene bajo su cuidado miles de procesos abiertos contra excombatientes, militares, terceros civiles y antiguos miembros de la guerrilla que comparecen ante el tribunal. Cerrarla de manera abrupta, según voces del sector justicia, generaría un vacío en los juicios y pondría en riesgo a las víctimas que esperan verdad y reparación.

La Jurisdicción también está vinculada a compromisos internacionales asumidos por Colombia ante la Corte Penal Internacional y ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Estos compromisos añaden un argumento de peso para que cualquier cambio pase por el Congreso y por el control de constitucionalidad, no por una simple decisión del Ejecutivo.

El pronunciamiento del experto contrasta con la oferta electoral del presidente electo, que presentó la eliminación de la JEP como una forma de cumplir lo que él considera la voluntad de los colombianos que se sienten inconformes con los acuerdos de paz. Esa distancia entre lo prometido y lo jurídicamente viable se ha convertido en uno de los temas sensibles del arranque del nuevo gobierno.

Para los analistas consultados en medios nacionales, el caso muestra los límites del poder presidencial en materias que ya fueron elevadas a rango constitucional. Incluso con una bancada afín en el Congreso, una reforma de este tipo debe sortear ocho debates en cámara y comisión, un proceso que puede tardar años y que enfrenta el rechazo de partidos de oposición y de organizaciones de víctimas.

Mientras tanto, la JEP continúa con sus audiencias y procesos vigentes. El tribunal ha emitido varias sentencias en los últimos años, entre ellas las relacionadas con el caso de secuestros por parte de las Farc, la responsabilidad del Estado y la situación de menores reclutados. La continuidad o el cierre de estas investigaciones es lo que está en juego en el debate.

Queda por ver si el gobierno de Abelardo de la Espriella optará por buscar la reforma constitucional que propone el experto, si recurrirá a una estrategia legislativa gradual o si dejará el tema en el plano del discurso político. Por ahora, la advertencia jurídica publicada por Infobae marca el primer llamado de atención sobre la viabilidad de una de las promesas más fuertes de su campaña.

Preguntas frecuentes

¿Qué es la JEP y por qué fue creada?

La Jurisdicción Especial para la Paz es el tribunal creado tras el Acuerdo de Paz de 2016 entre el Estado colombiano y las Farc para investigar, juzgar y sancionar los graves crímenes del conflicto armado. Entró a la Constitución mediante el Acto Legislativo 01 de 2017.

¿Por qué el presidente no puede desmontar la JEP por decisión propia?

Porque la JEP fue incorporada a la Constitución de 1991 a través de un acto legislativo. Modificarla o eliminarla requiere una reforma constitucional, que pasa por el Congreso con mayorías calificadas y por el control de la Corte Constitucional.

¿Qué dijo el experto consultado por Infobae?

Según Infobae, el experto afirmó que desmontar la JEP requeriría una reforma constitucional, un trámite que el Ejecutivo no puede hacer de manera unilateral y que necesita consensos en el Congreso.

¿Qué pasaría con los procesos abiertos si la JEP se cerrara?

El cierre dejaría miles de investigaciones a medio camino, afectando a las víctimas que esperan verdad, justicia y reparación, y expondría a Colombia ante compromisos internacionales en materia de derechos humanos.

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