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title: "Decreto del presidente De la Espriella levanta la suspensión del porte de armas en Colombia"
description: "El presidente Abelardo de la Espriella firmó un decreto que pone fin a la exigencia anual que aplicaba a ciertos solicitantes del permiso para portar armas. La medida no modifica los controles legales vigentes, según la fuente. Un experto explicó los alcances del cambio."
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date: "2026-09-08T20:22:00Z"
area: "Seguridad"
calificacion: "Negativa"
fuente: "Infobae"
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# Decreto del presidente De la Espriella levanta la suspensión del porte de armas en Colombia

> El presidente Abelardo de la Espriella firmó un decreto que pone fin a la exigencia anual que aplicaba a ciertos solicitantes del permiso para portar armas. La medida no modifica los controles legales vigentes, según la fuente. Un experto explicó los alcances del cambio.

- Fecha: 2026-09-08T20:22:00Z
- Área: Seguridad
- Calificación del observatorio: **Negativa** (confianza 45%)
- Por qué: El presidente Abelardo de la Espriella firmó un decreto que levanta la suspensión del porte de armas en Colombia, eliminando un requisito anual para ciertos solicitantes pero sin modificar los controles legales vigentes, según Infobae.
- Fuente original: [Infobae](https://www.infobae.com/colombia/2026/09/08/experto-explico-que-cambia-con-el-decreto-que-levanto-la-suspension-del-porte-de-armas-en-colombia)
- URL canónica: https://abelardopresidente.co/noticia/experto-explico-que-cambia-con-el-decreto-que-levanto-la-suspension-del-porte-de

El presidente Abelardo de la Espriella firmó un decreto que elimina una exigencia anual que aplicaba a ciertos solicitantes del permiso para portar armas en Colombia. La decisión, reportada por Infobae, deja sin efecto la suspensión que regía sobre ese trámite, aunque los controles legales sobre la materia se mantienen vigentes, según la fuente.

De acuerdo con el experto consultado por Infobae, el cambio ajusta un procedimiento administrativo, pero no relaja las reglas de fondo que regulan la tenencia y el porte de armas en el país. La distinción es relevante: lo que se modifica es un requisito formal del proceso, mientras que los criterios de fondo sobre quién puede acceder al permiso y bajo qué condiciones siguen siendo los establecidos por la normatividad vigente.

El porte de armas en Colombia es una actividad regulada por el Ministerio de Defensa, a través de la Industria Militar (Indumil), entidad encargada de expedir los permisos y de verificar los requisitos de los solicitantes. El trámite contempla requisitos como la mayoría de edad, la ausencia de antecedentes judiciales y la acreditación de idoneidad para el uso del arma, entre otros aspectos.

Hasta la expedición del decreto, ciertos solicitantes debían cumplir con una exigencia anual adicional que se sumaba al resto de requisitos. Con la nueva medida, ese paso desaparece, lo que podría simplificar los tiempos del trámite para quienes se encuentren en esa categoría. La fuente no precisa el número de personas afectadas por el cambio.

En materia de seguridad, el porte legal de armas coexiste con las restricciones que aplican sobre armas de fuego en zonas urbanas, así como con las prohibiciones específicas para ciudadanos no autorizados. La normatividad vigente, incluida la Ley 1801 de 2016 (Código de Policía), establece límites sobre el porte en espacios públicos y mantiene vedado el uso de armas de fuego en determinadas circunstancias.

Para la ciudadanía, el cambio tiene un efecto práctico sobre los usuarios que tramitan permisos ante Indumil: podrían ver reducido el número de pasos del proceso. La fuente no detalla si el decreto también impacta los costos asociados al trámite o los tiempos de respuesta de la autoridad competente.

El experto consultado por Infobae enmarcó la decisión en el propósito de modernizar los procedimientos administrativos del Estado, sin que ello implique una modificación de la política de control de armas. Esa lectura busca diferenciar entre eficiencia en el trámite y permisividad en la materia, una línea que suele ser objeto de debate público.

Queda pendiente conocer el texto completo del decreto, su entrada en vigencia y si establece nuevas condiciones o plazos para los permisos ya otorgados. La fuente tampoco precisa si la medida aplica únicamente a personas naturales o si alcanza también a otros solicitantes contemplados por la normatividad.

En conjunto, el decreto representa un ajuste procedimental dentro de un esquema de control que se mantiene intacto, según la información disponible. El alcance definitivo del cambio se conocerá cuando se publique el texto oficial y se pronuncien las autoridades responsables de su aplicación.

## Preguntas frecuentes

### ¿Qué cambió exactamente con el decreto firmado por el presidente De la Espriella?

Se eliminó la exigencia anual que aplicaba a ciertos solicitantes del permiso para portar armas. Los controles legales de fondo sobre la materia se mantienen, según la fuente.

### ¿Se relajaron las normas para portar armas en Colombia?

No, según Infobae. El decreto ajusta un requisito formal del trámite, pero no modifica los criterios de fondo que regulan el porte de armas en el país.

### ¿Quién expide los permisos para portar armas en Colombia?

La Industria Militar (Indumil), entidad adscrita al Ministerio de Defensa, es la encargada de tramitar y expedir los permisos, de acuerdo con la normatividad vigente.

### ¿A quiénes afecta de manera práctica la medida?

A los solicitantes que debían cumplir con la exigencia anual eliminada por el decreto. La fuente no precisa el número de personas en esa categoría.

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Publicado por [Abelardo Presidente](https://abelardopresidente.co), observatorio ciudadano y neutral del gobierno de Colombia. Cada hecho cita su fuente y se califica por impacto verificable, no por posición política.
