El Gobierno nacional expidió el Decreto 1490 de 2026, mediante el cual quedaron derogadas las restricciones que regían sobre la inversión en el exterior por parte de los fondos de pensiones del país. La decisión fue dada a conocer por el medio 360 Radio, que tituló la información con la frase "Fin al tope del 30%", en referencia al límite máximo que existía hasta ahora.
De acuerdo con la fuente, el objetivo explícito de la norma es blindar la rentabilidad de los portafolios pensionales y, al mismo tiempo, evitar distorsiones en su composición. La derogación de los topes abre el camino a que las sociedades administradoras puedan diversificar sus inversiones en mercados internacionales sin la barrera cuantitativa que fijaba la regulación previa.
Los fondos de pensiones son los vehículos que administran los ahorros de los afiliados al sistema general, tanto en el régimen de prima media como en el de ahorro individual con solidaridad. En este último, las administradoras toman decisiones de inversión con criterios de rentabilidad y riesgo, dentro de un marco regulatorio que incluye límites por tipo de activo, emisor y geografía. El tope del 30% a la inversión en el exterior formaba parte de ese marco.
La eliminación de ese límite no significa, en todo caso, que los recursos salgan masivamente del país. Las administradoras seguirán sujetas a los demás controles de la Superintendencia Financiera y a los principios de seguridad, rentabilidad y diversificación que rigen la gestión de pensionados de cesantías y obligatoria. Lo que varía es que el techo porcentual deja de ser un condicionante de la estrategia de inversión.
Para los afiliados, el efecto esperado por el Gobierno es que una mayor flexibilidad traduzca mejores retornos en el largo plazo, en la medida en que los portafolios puedan acceder a mercados de mayor profundidad y liquidez. La fuente no detalla cuál es la regulación anterior derogada ni el articulado específico del decreto, por lo que el alcance exacto de la medida se conocerá cuando se publique el texto completo en el Diario Oficial.
El anuncio llega en un contexto global en el que los fondos de pensiones de distintos países han incrementado su exposición a activos internacionales como parte de estrategias de diversificación. En Colombia, el debate sobre los límites a la inversión en el exterior ha sido recurrente en las últimas décadas, con argumentos a favor de la mayor rentabilidad esperada y críticas asociadas al riesgo cambiario y a la salida de capitales.
Según el reporte de 360 Radio, el Ejecutivo justifica la decisión en la necesidad de proteger la rentabilidad y la estabilidad de los portafolios frente a posibles distorsiones que, bajo el esquema anterior, podían generarse al acercarse al tope fijado. La derogación del límite es la herramienta con la que el Gobierno busca sortear esas distorsiones, de acuerdo con la misma fuente.
Queda pendiente conocer los lineamientos técnicos que la Superintendencia Financiera y el Ministerio de Hacienda expedirán para acompañar el nuevo régimen, así como los reportes periódicos sobre la composición de los portafolios que permitan evaluar el efecto de la medida sobre los rendimientos de los fondos y sobre los ahorros de los afiliados al sistema pensional colombiano.
La noticia fue publicada por el medio 360 Radio, fuente citada para esta nota, sin que se conozcan por ahora pronunciamientos de las principales administradoras de fondos ni de los gremios del sector sobre el contenido específico del Decreto 1490 de 2026.
