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title: "El Gobierno expide el Decreto 1383 para usar excedentes del FONPET tras el terremoto del 10 de agosto"
description: "El Decreto 1383 habilita el acceso temporal a excedentes del FONPET para atender la recuperación tras el terremoto del 10 de agosto. La medida busca preservar los derechos y la cobertura pensional de los afiliados mientras se ejecutan acciones de reconstrucción."
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date: "2026-09-10T15:44:48Z"
area: "Social"
calificacion: "Positiva"
fuente: "Pulzo"
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# El Gobierno expide el Decreto 1383 para usar excedentes del FONPET tras el terremoto del 10 de agosto

> El Decreto 1383 habilita el acceso temporal a excedentes del FONPET para atender la recuperación tras el terremoto del 10 de agosto. La medida busca preservar los derechos y la cobertura pensional de los afiliados mientras se ejecutan acciones de reconstrucción.

- Fecha: 2026-09-10T15:44:48Z
- Área: Social
- Calificación del observatorio: **Positiva** (confianza 56%)
- Por qué: El Gobierno Nacional expidió el Decreto 1383, que facilita el acceso temporal a excedentes del FONPET para financiar la recuperación tras el terremoto del 10 de agosto de 2026, según la fuente. La medida protege derechos y la cobertura pensional de los afectados.
- Fuente original: [Pulzo](https://www.pulzo.com/economia/fonpet-gobierno-de-colombia-facilita-acceso-a-excedentes-tras-terremoto-del-10-de-agosto-PP5298617A)
- URL canónica: https://abelardopresidente.co/noticia/fonpet-gobierno-de-colombia-facilita-acceso-a-excedentes-tras-terremoto-del-10-d

El Gobierno nacional expidió el Decreto 1383, una norma que facilita el acceso temporal a los excedentes del Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales (FONPET) para atender la emergencia y la fase de recuperación que dejó el terremoto del 10 de agosto, según informó Pulzo. La disposición apunta a garantizar recursos disponibles para los territorios afectados sin comprometer las reservas pensionales de los afiliados.

El FONPET es el mecanismo con el que las entidades territoriales y el Gobierno nacional financian el pago de pensiones en Colombia. Funciona con aportes de los municipios y departamentos, y administra un patrimonio separado que se invierte en proyectos rentables para sostener, con sus rendimientos, los compromisos pensionales de los servidores públicos territoriales.

El decreto introduce una figura de uso temporal de los excedentes, es decir, de aquellos recursos del fondo que no están requeridos de inmediato para el pago de mesadas. La activación de esos saldos queda condicionada a la atención de la emergencia derivada del sismo, lo que convierte al FONPET en una fuente de liquidez para obras de reconstrucción, asistencia social y reparación de infraestructura pública en las zonas impactadas.

La medida incluye salvaguardas para los derechos de los afiliados. Según la fuente, la disposición protege la cobertura pensional, lo que significa que los rendimientos y el capital necesarios para el pago futuro de pensiones quedan separados del giro excepcional. De esa forma, el uso temporal de excedentes no se traduce en una merma de las obligaciones de largo plazo del fondo.

El terremoto del 10 de agosto dejó daños materiales y humanos en varios municipios del suroccidente colombiano. Municipios y departamentos declarados en calamidad pública o desastre necesitaban una fuente ágil de recursos, ya que los mecanismos ordinarios de contratación y transferencia atraviesan filtros presupuestales que retrasan la atención inicial. La activación de excedentes del FONPET reduce ese cuello de botella y acerca el dinero a las zonas damnificadas.

Para las entidades territoriales, el decreto les permite recibir recursos sin tener que endeudarse ni recortar su inversión regular. El FONPET actúa como una reserva técnica nacional: al liberar parte de sus excedentes, el Gobierno evita que las alcaldías y gobernaciones afectadas tengan que buscar crédito o reasignar partidas urgentes, lo que aliviaría la presión fiscal en los primeros meses de la reconstrucción.

La norma también es leída como una señal de coordinación entre el Ministerio de Hacienda, el Ministerio del Interior y las entidades territoriales, dado que el manejo del FONPET involucra a varias instancias del Estado. El decreto fija el procedimiento que deben seguir los entes territoriales para acceder a los recursos y los reportes que deben entregar para mantener la trazabilidad del uso de los excedentes.

Como pendientes quedan la cuantificación del monto disponible, los criterios técnicos para priorizar beneficiarios entre municipios y el calendario de ejecución. Sectores interesados en el seguimiento fiscal del FONPET pedirán que se publique el balance de excedentes usado y el destino específico de cada giro, para evitar que la excepción se prorrogue más allá de la emergencia o que se destinen a fines distintos a la reconstrucción.

En conjunto, el Decreto 1383 convierte al FONPET en una herramienta de respuesta rápida ante la emergencia, sin alterar la estructura pensional. La reconstrucción de las zonas afectadas por el terremoto del 10 de agosto dependerá, en buena medida, de la rapidez con que esos excedentes lleguen a los territorios y de la veeduría que la ciudadanía haga sobre su uso.

## Preguntas frecuentes

### ¿Qué hace el Decreto 1383?

Habilita el acceso temporal a excedentes del FONPET para financiar acciones de recuperación tras el terremoto del 10 de agosto, con reglas que resguardan los derechos pensionales.

### ¿Qué es el FONPET?

Es el Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales, que administra recursos para financiar las pensiones de los servidores públicos de municipios y departamentos en Colombia.

### ¿Los excedentes afectan las pensiones de los afiliados?

La norma dispone que el uso temporal no compromete la cobertura pensional. Los excedentes son recursos que no se requieren de inmediato para el pago de mesadas, y se reponen después de la emergencia.

### ¿Qué viene después del decreto?

Las entidades territoriales deben tramitar el acceso a los recursos, reportar su uso y avanzar en obras de reconstrucción. Queda pendiente la publicación del monto disponible y la veeduría sobre el destino final de los giros.

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Publicado por [Abelardo Presidente](https://abelardopresidente.co), observatorio ciudadano y neutral del gobierno de Colombia. Cada hecho cita su fuente y se califica por impacto verificable, no por posición política.
