El Gobierno nacional trabaja en un decreto que modifica el trámite de las tutelas interpuestas contra el Presidente de la República. La iniciativa contempla que estos amparos sean conocidos en primera instancia por el Consejo de Estado, según reportó Vanguardia.
La tutela es un mecanismo de protección constitucional al que cualquier ciudadano puede acudir cuando considera que sus derechos fundamentales están siendo vulnerados. Su característica principal es la informalidad y la rapidez, ya que no requiere abogado y debe resolverse en un plazo breve.
En la actualidad, las tutelas contra el Presidente suelen ser sorteadas entre los distintos juzgados del circuito o, según el caso, entre los tribunales superiores o el Consejo de Estado, dependiendo de la materia y la jurisdicción. El decreto busca unificar esa puerta de entrada para los recursos dirigidos al jefe de Estado.
El Consejo de Estado es el máximo tribunal de la jurisdicción contencioso administrativa en Colombia. Entre sus funciones está resolver los asuntos que involucran a entidades del Estado y servidores públicos en el ejercicio de sus funciones, por lo que concentra buena parte de la litigiosidad contra la Administración.
El alcance del decreto, según el extracto de Vanguardia, se concentra en el factor de competencia: a qué autoridad corresponde estudiar y fallar la tutela en primera instancia. El texto no detalla otros cambios procesales ni plazos diferentes a los que ya establece la ley.
De aprobarse, la modificación tendría efectos prácticos para los ciudadanos. Los demandantes deberán presentar sus acciones directamente ante el Consejo de Estado cuando el accionado sea el Presidente, lo que implica ajustes en los canales de radicación y en los tiempos de reparto.
La propuesta se conoce en un contexto en el que el número de tutelas contra altas autoridades del Estado ha crecido de manera visible en los últimos años. Las decisiones de gobierno en áreas como salud, pensiones, orden público y servicios públicos suelen ser cuestionadas por esta vía.
Sectores jurídicos consultados en otras oportunidades han señalado que la elección del juez de tutela no es neutra, pues cada corporación tiene líneas jurisprudenciales propias. Por eso, concentrar el conocimiento de las tutelas contra el Presidente en una sola corporación puede incidir en la predictibilidad de los fallos.
El decreto, una vez expedido, deberá pasar el control automático de legalidad ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa. También puede ser demandado ante el propio Consejo de Estado, lo que llevaría a esa corporación a evaluar la constitucionalidad de la norma que le asigna competencia.
Por ahora, la iniciativa está en preparación y no se conoce la fecha exacta de su publicación. Queda pendiente conocer el texto definitivo del decreto y su articulado, así como las observaciones que distintos sectores formulen antes de su expedición.
