El Gobierno nacional, encabezado por el presidente Abelardo De La Espriella, emitió el Decreto 1226 de 2026 con el fin de conceder plazos especiales para que los contribuyentes de las zonas afectadas por el terremoto puedan cumplir sus compromisos tributarios, según informó Diario La Libertad. La norma responde a la emergencia que dejó el movimiento telúrico y a las dificultades económicas que enfrentan hogares, comercios y empresas en las regiones impactadas.
Aunque el extracto de la fuente no precisa el listado completo de municipios ni las fechas exactas de los nuevos plazos, el decreto establece un marco de flexibilización tributaria para quienes demuestren estar dentro de las zonas declaradas como afectadas. Este tipo de decisiones se inscriben en la potestad presidencial de dictar normas tributarias bajo declaratorias de emergencia económica, social o ecológica, figura contemplada en la Constitución y desarrollada en legislación posterior.
En la práctica, la medida aplaza la presentación de declaraciones y el pago de impuestos de orden nacional que vencían durante el periodo de la emergencia o en las semanas inmediatamente siguientes. Para los contribuyentes damnificados eso significa contar con tiempo adicional para reconstruir su actividad productiva, estabilizar su flujo de caja y atender las prioridades básicas de sus familias antes de cumplir con el fisco.
El decreto también suele incluir disposiciones sobre la suspensión de intereses moratorios y de los procesos de cobro coactivo para los beneficiarios, con el propósito de evitar que la Dian les adelante acciones de recaudo cuando su capacidad de pago se encuentra limitada por la catástrofe. En coyunturas similares, el Ministerio de Hacienda ha acompañado estas decisiones con instrucciones operativas a la entidad recaudadora.
La expedición del Decreto 1226 ocurre en un momento en el que las regiones afectadas aún están en fase de atención de la emergencia. Después del sismo, los reportes oficiales han señalado afectaciones en vivienda, infraestructura vial, acueductos y locales comerciales. Para los pequeños y medianos contribuyentes, aplazar el pago de impuestos representa una diferencia concreta entre mantener un negocio abierto o cerrar sus puertas.
Para los ciudadanos del común la consecuencia más directa es que no enfrentarán cobros inmediatos ni sanciones por no declarar a tiempo, siempre que pertenezcan a las zonas incluidas en el decreto y cumplan los requisitos que la Dian disponga para acreditar el daño. El Gobierno, por su parte, asume el costo fiscal de postergar ingresos tributarios en un momento de alta presión sobre el gasto público por la reconstrucción.
Distintos sectores económicos han pedido en las últimas semanas medidas diferenciadas para los territorios más golpeados, en especial microempresarios, agricultores independientes y trabajadores por cuenta propia. La expedición del decreto es la primera respuesta institucional de carácter tributario y abre la puerta a que el Congreso o el propio Ejecutivo complementen la ayuda con líneas de crédito blando o giros directos a los damnificados.
Queda pendiente conocer el texto completo del decreto, con sus anexos y el listado definitivo de municipios y contribuyentes beneficiados, así como los plazos concretos de prórroga. La Dian deberá expedir en los próximos días los instructivos operativos para que contribuyentes y mandatarios locales puedan aplicar la medida sin tropiezos.
