El equipo del presidente electo Abelardo de la Espriella trabaja en la redacción de los decretos que pondrán en marcha la contratación por horas y su correspondiente cotización al sistema de seguridad social. Así lo informó Digame.com.co, medio que publicó el anuncio en su más reciente nota sobre el tema. La entrada en vigencia está prevista para el 7 de agosto.
La modalidad de contrato por horas es una figura contemplada en la legislación laboral colombiana que permite a los empleadores vincular a un trabajador por jornadas inferiores a la jornada ordinaria, pagando solo las horas efectivamente laboradas. Con la reglamentación que se prepara, ese esquema quedará articulado con el pago proporcional de los aportes a seguridad social, según se desprende de la información divulgada por el medio citado.
La figura se inscribe en el debate de fondo sobre la formalización laboral en Colombia, donde persisten altos índices de informalidad y de subempleo. Sectores como el comercio, los servicios, la gastronomía y las actividades de demanda variable han sido tradicionalmente los más interesados en esquemas de contratación más flexibles, tanto por el lado de los empleadores como de los propios trabajadores que buscan ingresos por horas.
Hasta ahora, la contratación por horas existía en el país con limitaciones regulatorias. La jurisprudencia y la doctrina del Ministerio del Trabajo habían establecido criterios sobre su validez, pero la falta de un reglamento específico para la cotización generaba vacíos en la forma de liquidar salud, pensión y riesgos laborales. Los decretos que prepara el gobierno entrarán a llenar ese vacío, según lo anunciado por la fuente.
Para los trabajadores, la medida implica que cada hora laborada deberá quedar respaldada con sus respectivos aportes al sistema de seguridad social. Para los empleadores, significa una forma de contratación con reglas claras sobre el cálculo de las prestaciones sociales y los aportes parafiscales. La trazabilidad del pago y del aporte se convierte así en el eje central de la nueva reglamentación.
La entrada en vigor el 7 de agosto deja un margen de tiempo para que empresas, trabajadores independientes y operadores de seguridad social ajusten sus sistemas de liquidación y facturación. En la práctica, las plataformas de nómina y los operadores de PILA deberán habilitar la posibilidad de reportar pagos y aportes por fracciones de tiempo inferiores al mes completo.
Desde el punto de vista institucional, la expedición de estos decretos compromete a varias entidades. El Ministerio del Trabajo liderará la redacción, mientras que el Ministerio de Hacienda deberá pronunciarse sobre el impacto fiscal de la cotización por horas, en particular sobre los ingresos del sistema de seguridad social. La UGPP y las superintendencias Financiera y de Salud tendrán también un rol en la supervisión del nuevo esquema.
El contenido exacto de los decretos, incluidos los porcentajes de cotización y los topes de horas, no fue detallado en la nota de Digame.com.co. Se espera que el texto oficial sea publicado en los próximos días, una vez culminen las revisiones jurídicas y presupuestales. Hasta entonces, los alcances precisos de la medida solo pueden anticiparse a partir del marco general ya conocido.
La puesta en marcha del contrato por horas con cotización plena ha sido una de las promesas recurrentes en las propuestas de modernización laboral de distintos sectores. Con su reglamentación, el gobierno entrante convertirá esa promesa en una política operativa que modificará la forma en que se contratan y se aseguran cientos de miles de trabajadores en Colombia.
