El gobierno nacional, encabezado por el presidente Abelardo de la Espriella, expidió un decreto dirigido a facilitar la operación de las plantas térmicas en Colombia, según informó el medio especializado Valora Analitik. La decisión llega en un contexto marcado por condiciones climáticas adversas que han alterado el comportamiento del sistema eléctrico nacional.
El fenómeno de referencia, de acuerdo con la fuente, ha generado presión sobre la oferta de energía en el país. Colombia depende en buena medida de la generación hidroeléctrica, por lo que los cambios en los caudales de los ríos y los niveles de los embalses suelen obligar a recurrir con mayor intensidad a las plantas térmicas, que funcionan con gas o combustibles derivados del petróleo.
El decreto busca, en términos prácticos, remover o flexibilizar trámites y condiciones regulatorias que puedan limitar la entrada en operación de estas plantas o restringir su despacho de energía. Este tipo de medidas se utilizan con frecuencia cuando el sistema enfrenta riesgos de desabastecimiento o cuando se requiere activar generación de respaldo de forma urgente.
Para los ciudadanos, el alcance de la decisión es directo. Si las plantas térmicas operan sin contratiempos durante el fenómeno, se reduce el riesgo de restricciones en el servicio eléctrico, recortes de energía programados o incrementos pronunciados en las tarifas como consecuencia del mayor uso de combustibles fósiles para generar electricidad.
El sector térmico había advertido en los últimos años sobre la necesidad de señales regulatorias más claras para viabilizar proyectos de generación y mantenimiento. Expertos del sector energético han señalado que la flexibilidad operativa resulta clave cuando se combinan condiciones de hidrología baja con picos de demanda, situación que se presenta con mayor frecuencia en temporadas de calor prolongado.
La medida se suma a las acciones que el gobierno viene adoptando para atender los efectos del fenómeno climático en distintos frentes. Queda pendiente conocer los detalles técnicos del decreto, los plazos de aplicación y los mecanismos de seguimiento que acompañarán la operación excepcional de las plantas térmicas mientras se normalicen las condiciones en el sistema interconectado nacional.
