El Gobierno nacional expidió el Decreto 1490 de 2026, mediante el cual se elimina el tope global que restringía al 30% las inversiones en el exterior de los fondos de pensiones obligatorias que administran las AFP en Colombia, según reportó Pulzo. La disposición modifica los lineamientos que regían hasta ahora la salida de capital de los portafolios de ahorro pensional.
Hasta la expedición del decreto, los fondos de pensiones obligatorias debían mantener al menos el 70% de sus activos en el mercado local. Ese límite funcionaba como una barrera de protección frente a la exposición cambiaria y como una forma de canalizar recursos hacia la economía nacional, en sectores como deuda pública, acciones locales e infraestructura.
Con la eliminación de ese umbral, las sociedades administradoras ganan margen para diversificar geográficamente sus inversiones, incluyendo activos en otros países. La norma conserva, según el extracto disponible, criterios de prudencia y diversificación que deben seguir siendo cumplidos por las AFP al momento de tomar decisiones de inversión.
El cambio normativo se inscribe en un debate de larga data sobre el alcance de las inversiones en el exterior de los fondos de pensiones. Quienes defienden la modificación sostienen que una mayor diversificación internacional puede mejorar el perfil de riesgo y rendimiento de largo plazo de los ahorros de los trabajadores, en la medida en que reduce la dependencia de un solo mercado.
Los críticos de la apertura han expresado preocupación por la posibilidad de que una parte mayor de los recursos pensionales quede expuesta a la volatilidad cambiaria y a riesgos soberanos externos. También han señalado el efecto sobre la disponibilidad de capital interno para financiar proyectos de infraestructura, vivienda y empresas colombianas.
La reforma se da en un contexto en el que los fondos de pensiones son uno de los principales inversionistas institucionales del país. Sus decisiones de portafolio tienen impacto directo sobre el costo de financiamiento del Estado y del sector privado, dado el tamaño de los recursos administrados.
Para los afiliados al sistema de ahorro individual con cesantías y pensiones obligatorias, el efecto inmediato se producirá de forma gradual. Los rendimientos futuros dependerán, entre otros factores, de la estrategia de cada administradora, de la evolución de los mercados internacionales y del comportamiento del peso frente a otras monedas.
El Decreto 1490 de 2026 se suma a un conjunto de ajustes regulatorios recientes en materia pensional y financiera. La Superintendencia Financiera y la Unidad de Regulación Financiera y Contable Pública, en el marco de sus competencias, serán las encargadas de vigilar el cumplimiento de los nuevos parámetros por parte de las AFP.
Queda pendiente conocer el texto completo del decreto y los reglamentos técnicos que desarrollará la autoridad competente para precisar los límites por tipo de activo, jurisdicción y emisor. Estos lineamientos serán clave para determinar el alcance real de la flexibilización anunciada.
La entrada en vigencia del decreto marca un nuevo capítulo en la discusión sobre cómo equilibrar la protección de los ahorros pensionales con la necesidad de diversificar riesgos. Sectores políticos, gremios financieros y organizaciones de pensionados han sido llamados a pronunciarse sobre los efectos de la medida en el corto y largo plazo.
