El Ministerio de Transporte publicó la reglamentación de la micromovilidad en Colombia, un paso que llevaba meses en discusión y que ahora define cómo deben circular las patinetas eléctricas, bicicletas eléctricas, monopatines y demás vehículos personales de pequeño porte en las vías del país.
La norma establece límites de velocidad para este tipo de vehículos, con el propósito de reducir los riesgos de accidente en calles y ciclorrutas. Hasta ahora, esos aparatos circulaban sin una regulación específica que fijara con claridad cuál era la velocidad máxima permitida.
Otro de los puntos centrales es la obligatoriedad del casco para los conductores de estos vehículos. La medida equipara en parte a los usuarios de micromovilidad con los ciclistas y motociclistas, que ya debían usar elementos de protección.
El Ministerio de Transporte también fijó plazos para que la nueva regulación entre en plena vigencia. Esos tiempos buscan dar un periodo de transición en el que usuarios, operadores y autoridades locales puedan adaptarse a las nuevas condiciones.
La micromovilidad había crecido de manera acelerada en ciudades como Bogotá, Medellín y Cali, donde miles de personas usan diariamente patinetas y bicicletas eléctricas para trayectos cortos. La ausencia de reglas claras generaba choques con peatones, vehículos particulares y transporte público.
Con la reglamentación, alcaldías y autoridades de tránsito quedan habilitadas para aplicar controles y sanciones a quienes incumplan los límites de velocidad o circulen sin casco. El Ministerio también deberá definir la señalización y los protocolos de fiscalización.
Para los usuarios, la principal implicación inmediata es la exigencia de casco. Para las ciudades, la norma abre la puerta a una reorganización de ciclorrutas y espacios compartidos, aunque los detalles operativos dependerán de los ajustes que haga cada municipio.
Sectores empresariales del sector de la movilidad habían pedido reglas claras para poder operar servicios de alquiler de patinetas. La reglamentación les da un marco, aunque deja pendiente la discusión sobre si los operadores necesitarán permisos especiales o registros adicionales.
Queda por conocer el texto completo de la norma y los detalles técnicos sobre tipo de vehículos alcanzados, sanciones específicas y zonas prohibidas de circulación. El Ministerio de Transporte anunció que continuará socializando los lineamientos con ciudadanos y autoridades locales en las próximas semanas.
La entrada en vigencia se dará de forma gradual según los plazos definidos en la propia norma, por lo que en los primeros días la prioridad será pedagógica: informar a los usuarios antes de empezar a imponer comparendos.
