El gobierno nacional, a través de instrucciones enviadas a las Entidades Promotoras de Salud, pidió priorizar la asignación de citas médicas y la entrega de tratamientos para los pacientes diagnosticados con enfermedades que ya están catalogadas como prioritarias dentro del sistema de salud colombiano. Según reportó Pulzo, la orden busca que las EPS agilicen los trámites administrativos y reduzcan los tiempos de espera que vienen afectando a miles de usuarios.
La instrucción llega en un contexto en el que la Superintendencia Nacional de Salud ha recibido de forma reiterada quejas por la demora en la asignación de citas con especialistas, la entrega de medicamentos y la autorización de procedimientos. Las asociaciones de pacientes han denunciado que las esperas, en algunos casos, superan los plazos legalmente establecidos y comprometen la continuidad de los tratamientos.
Las enfermedades consideradas prioritarias suelen incluir condiciones crónicas y de alto costo como el cáncer, las enfermedades renales crónicas, el VIH, la diabetes, las enfermedades cardiovasculares, las huérfanas o raras, y los trastornos mentales severos. El sistema de salud colombiano las identifica como las que requieren un seguimiento más estricto por su impacto en la calidad de vida y por el riesgo que representa una interrupción del tratamiento.
Con la nueva directiva, las EPS deben reforzar sus canales de atención, garantizar la disponibilidad de agenda con especialistas y asegurar la entrega oportuna de medicamentos incluidos en el plan de beneficios. La orden también insta a las entidades a verificar que su red de prestadores cumpla con los tiempos máximos de espera definidos por la normatividad vigente.
Desde el Ministerio de Salud se ha insistido en que las EPS son las responsables directas de coordinar la atención de sus afiliados y de responder por la calidad y la oportunidad de los servicios. Por eso, el incumplimiento reiterado de los plazos puede derivar en investigaciones administrativas y en sanciones por parte de los entes de control, en particular de la Superintendencia Nacional de Salud.
Para los ciudadanos, la consecuencia práctica es que quienes estén afiliados a una EPS y requieran una cita o un tratamiento por alguna de las enfermedades priorizadas pueden exigir la atención dentro de los tiempos establecidos por la ley. Si la EPS no responde, los usuarios pueden presentar tutelas, quejas ante la Superintendencia o reportes ante su EPS y ante la secretaría de salud departamental o municipal.
Organizaciones de pacientes y veedurías ciudadanas han pedido que, además de la instrucción, se publique un mecanismo claro de seguimiento para verificar si las EPS efectivamente cumplen con la agilización ordenada. También han solicitado que se entreguen reportes periódicos sobre los tiempos de espera y sobre los casos en los que se haya negado o demorado un servicio.
Queda pendiente conocer si la directiva incluye indicadores concretos de medición, plazos máximos para su aplicación y un sistema de reportes públicos que permita a los ciudadanos hacer seguimiento al cumplimiento. La forma como las EPS traduzcan esta orden en mejoras reales para los pacientes será la prueba definitiva de su efectividad.
Según Pulzo, la determinación es de alcance nacional y aplica para todas las EPS que operan en el territorio colombiano, sin importar su naturaleza pública o privada.
