El Decreto 0732 de 2026, expedido por el Gobierno nacional, establece la gratuidad del trámite de modificación del componente de sexo y del nombre en el registro civil para personas trans y no binarias. La disposición aplica a una única actualización, de acuerdo con el extracto publicado por el diario El Nuevo Día.
La medida impacta directamente a quienes requieren ajustar sus documentos de identidad para que estos reflejen su identidad de género. Al suprimir los costos asociados al trámite, el decreto reduce una barrera económica que hasta ahora limitaba el acceso al procedimiento para una parte de esta población en Colombia.
La Registraduría Nacional del Estado Civil es la entidad competente para inscribir los cambios en el registro civil, conforme a las normas que regulan la identificación de los colombianos. El decreto se inscribe en el marco de la Sentencia T-063 de 2015 de la Corte Constitucional, que permitió el cambio de componente de sexo en documentos de identidad sin exigir intervenciones quirúrgicas ni tratamientos hormonales.
Antes de la expedición de este decreto, los solicitantes debían asumir el costo de copias, certificaciones y demás trámites notariales y registrales. La eliminación de esos pagos, según la fuente, representa un cambio operativo en la forma como se accede al derecho a la identidad para personas trans y no binarias en el país.
El derecho a la identidad está reconocido en la Constitución Política y en instrumentos internacionales de derechos humanos ratificados por Colombia. La Corte Constitucional ha reiterado en múltiples providencias que la documentación oficial debe reflejar la identidad de género autopercibida, como parte del derecho al libre desarrollo de la personalidad y a la dignidad humana.
Organizaciones civiles que trabajan por los derechos de la población LGBTI han señalado en distintas oportunidades que los costos de los trámites constituyen un obstáculo material para el ejercicio de derechos. La gratuidad establecida en el decreto responde, según el extracto, a la necesidad de remover esas barreras para garantizar un acceso igualitario.
El decreto aplica a una única modificación del registro civil. Una vez realizado el cambio, el documento de identidad expedido por la Registraduría reflejará el nombre y el componente de sexo actualizados, lo que tiene efectos en trámites ante entidades de salud, educación, trabajo y ante la administración de justicia.
La fuente consultada no detalla la fecha exacta de expedición ni los aspectos procedimentales del trámite, como los documentos requeridos o los plazos para solicitar el beneficio. Queda pendiente conocer la reglamentación complementaria que la Registraduría y otras entidades competentes deberán expedir para operativizar la medida.
Colombia se suma así a un grupo de países de la región que han avanzado en la desjudicialización y en la eliminación de costos para el reconocimiento de la identidad de género en documentos oficiales. El decreto representa un paso administrativo en esa dirección, aunque su impacto real dependerá de la difusión del procedimiento y de la respuesta de las entidades encargadas de aplicarlo.
