La Resolución 1099, firmada el 11 de junio de 2026, establece un nuevo marco para la atención en salud de las personas privadas de la libertad en Colombia. De acuerdo con la información publicada por Infobae, la norma habilita consultas por fuera de los centros de reclusión, incorpora herramientas de telesalud y reemplaza el esquema que ha regido hasta ahora en el sistema penitenciario.
El documento parte de un diagnóstico crítico del modelo anterior. La misma resolución reconoce que el esquema vigente arrastra deficiencias estructurales, lo que ha derivado en limitaciones de acceso, demoras en la atención y dificultades para garantizar una cobertura continua dentro de los establecimientos carcelarios del país.
La población penitenciaria en Colombia supera las 100.000 personas según los reportes oficiales del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC), y la atención en salud de esa población ha sido objeto de reiteradas alertas por parte de organismos de control, la Defensoría del Pueblo y distintas organizaciones de derechos humanos.
Una de las novedades centrales de la resolución es la posibilidad de que los internos reciban consultas médicas por fuera de los penales cuando su condición clínica lo requiera. Esta figura busca descongestionar los servicios intramurales y facilitar el acceso a especialidades que, por su complejidad, no siempre se encuentran disponibles al interior de las cárceles.
La incorporación de la telesalud constituye el segundo eje del nuevo esquema. La herramienta permite realizar valoraciones, seguimiento de tratamientos y teleconsultas con especialistas sin necesidad de traslados físicos, lo que puede reducir tiempos de espera y mejorar la oportunidad de la atención.
Para la ciudadanía, los cambios pueden traducirse en una atención más ágil para los internos y en una menor carga logística para la guardia y para el sistema de salud, en la medida en que se reduzcan los desplazamientos a hospitales externos. La Defensoría del Pueblo y la Personería han sido actores relevantes en la veeduría de los derechos de esta población.
El sistema de salud colombiano opera bajo el modelo de aseguramiento gestionado por las Entidades Promotoras de Salud (EPS), y la población reclusa es afiliada al régimen contributivo o subsidiado según su condición. La nueva resolución ajusta los protocolos de operación entre el INPEC, las EPS y los prestadores de servicios de salud.
Expertos en derecho penitenciario consultados en distintas ocasiones han señalado que la atención en salud intramural enfrenta retos como el hacinamiento, la falta de personal médico permanente y las demoras en autorizaciones. El nuevo esquema apunta a atender esos puntos, aunque su éxito dependerá de la capacidad operativa y de los recursos asignados para su implementación.
La norma fija un periodo de transición para que los operadores del sistema se adapten a las nuevas reglas. Queda pendiente conocer los indicadores con los que el Gobierno evaluará los resultados, así como los mecanismos de seguimiento que aplicarán los organismos de control para verificar el cumplimiento efectivo de los estándares fijados.
