El Gobierno nacional trabaja en un estatuto orientado a definir y enlistar a las organizaciones terroristas, según reportó el medio Seguimiento.co. La iniciativa es una de las piezas que el Ejecutivo prepara en el frente de seguridad y orden público, donde el combate a estos grupos es prioridad desde el inicio del mandato.
En Colombia, el concepto de terrorismo tiene raíces legales y jurisprudenciales. La Corte Constitucional y la Corte Suprema de Justicia han trazado, desde hace años, la línea entre el terrorismo y delitos comunes como el homicidio o el secuestro. El estatuto que se prepara buscaría aterrizar esa distinción en un solo instrumento, con criterios explícitos para decidir cuándo un grupo armado es catalogado como terrorista.
La figura de 'organización terrorista' no es nueva en el país. La Ley 975 de 2005, conocida como Ley de Justicia y Paz, ya contemplaba el término al abordar el paramilitarismo, y normas posteriores han seguido esa línea. Sin embargo, el debate sobre quién califica como terrorista y quién como bandolero, insurgente o estructura criminal sigue abierto en la academia, la Justicia y la fuerza pública.
Un listado oficial de organizaciones terroristas tiene efectos prácticos. Facilita el trabajo de la Fiscalía y la Judicatura al momento de imputar cargos, permite focalizar la acción de las Fuerzas Militares y de Policía, y puede incidir en la cooperación internacional, incluidos los acuerdos de extradiciones y los compromisos con socios estratégicos en materia de seguridad.
Para los ciudadanos, el anuncio tiene lecturas concretas. Las normas sobre terrorismo suelen endurecer las penas y ampliar las facultades de las autoridades en investigaciones, interceptaciones y capturas. También abren la puerta a figuras como la financiación terrorista, que ya están en el Código Penal pero que un estatuto de este tipo podría robustecer o complementar.
Sectores políticos y organizaciones de derechos humanos suelen estar atentos a este tipo de definiciones. La frontera entre terrorismo, protesta social y delito común es sensible en Colombia, y cualquier listado puede terminar incluyendo o dejando por fuera a grupos que generan debate. Por ahora, el Gobierno no ha detallado el alcance del listado ni los nombres que podrían integrar la primera versión.
Quedan varios pendientes sobre los que el Ejecutivo tendrá que pronunciarse: qué entidad liderará el listado, si será la Fiscalía, el Ministerio de Defensa o una instancia interinstitucional; cada cuánto se revisará el inventario; y qué criterios técnicos se exigirán para incluir o sacar a un grupo de la lista. La siguiente etapa del estatuto dirá si se trata de un cambio cosmético o de una herramienta con dientes.
El contexto regional también pesa. Colombia comparte fronteras y desafíos con Venezuela, Ecuador y Perú, donde organizaciones criminales transnacionales han sido calificadas como terroristas por algunos gobiernos. Un estatuto nacional con listados propios puede servir como insumo para la diplomacia hemisférica y para los foros de seguridad que el país suele coparticipar.
