El Ministerio de Hacienda publicó dos proyectos de decreto que establecen medidas tributarias transitorias para los contribuyentes ubicados en seis departamentos afectados por el terremoto, según informó el diario El Tiempo. Las disposiciones están en fase de consulta pública antes de su expedición definitiva.
El contenido de los proyectos contempla la modificación de plazos para la presentación de declaraciones tributarias y el pago de obligaciones fiscales. La medida reconoce las dificultades operativas que enfrentan personas naturales y empresas en las zonas donde la emergencia golpeó la infraestructura y la conectividad.
Colombia cuenta con un calendario tributario anual administrado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), que fija fechas específicas para la presentación de declaraciones de renta, IVA y otros tributos. Ante eventos de fuerza mayor, el Gobierno ha habilitado en otras ocasiones decretos de ampliación de plazos focalizados por región, una figura contemplada en el Estatuto Tributario.
El terremoto afectó a municipios y zonas rurales donde buena parte de la población depende de actividades agrícolas, comerciales y de servicios. La suspensión o alteración de actividades económicas por la destrucción de vías, viviendas y locales comerciales reduce la capacidad de los contribuyentes para reunir documentación contable y soportar ingresos y costos dentro de las fechas habituales.
Para los contribuyentes cobijados por las medidas, el impacto inmediato es la posibilidad de presentar declaraciones y efectuar pagos sin las sanciones e intereses de mora que establece el régimen tributario por extemporaneidad. La determinación de los nuevos plazos y los municipios exactos incluidos dependerá del texto definitivo de los decretos.
El proceso de publicación de proyectos de decreto permite a ciudadanos, gremios y entidades presentar observaciones durante un plazo definido. Una vez surtida esa etapa, el Ministerio de Hacienda y la DIAN evalúan los comentarios y consolidan el texto final, que debe ser firmado por el presidente y los ministros competentes para entrar en vigencia.
Sectores productivos y contribuyentes esperaban una respuesta del Ejecutivo frente a la difícil situación que dejó el movimiento telúrico. La flexibilización tributaria se suma a las acciones de atención de emergencia, como la entrega de ayudas humanitarias y la reconstrucción de infraestructura, que adelantan entidades como la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres.
Queda pendiente conocer el articulado completo de los decretos, la lista precisa de municipios beneficiados y las fechas específicas que reemplazarán el calendario ordinario. Los contribuyentes de las zonas afectadas deberán estar atentos a la versión definitiva de los actos administrativos para aplicar correctamente los nuevos plazos.
