El expresidente Gustavo Petro reaccionó al decreto expedido por el gobierno de Abelardo de la Espriella que cambia el trámite de las tutelas cuando estas se dirigen contra el presidente de la República. La norma establece que esos recursos, cuando estén vinculados con actos u omisiones del jefe de Estado, lleguen primero a la máxima corte administrativa, según el extracto publicado por Infobae.
El mecanismo de la tutela, previsto en el artículo 86 de la Constitución, es la herramienta principal con la que cualquier ciudadano puede reclamar la protección inmediata de sus derechos fundamentales cuando considera que han sido vulnerados por una autoridad pública. En la práctica, las tutelas suelen ser resueltas en primera instancia por jueces y, dependiendo del tema, pueden llegar al Consejo de Estado o a la Corte Constitucional en sede de revisión.
El decreto del gobierno de Espriella busca concentrar en el Consejo de Estado el conocimiento inicial de las tutelas que tengan como destinatario directo al presidente. La medida modifica la competencia que hasta ahora estaba distribuida entre distintos despachos judiciales, y reserva a la jurisdicción contencioso administrativa la primera palabra sobre esos reclamos.
Petro rechazó la decisión con una declaración pública en la que aseguró que el propósito del decreto es concentrar el trámite en “magistrados amigos” que, a su juicio, terminarían por violar derechos fundamentales en lugar de protegerlos. La frase quedó registrada en el reporte de Infobae que recoge la posición del exmandatario frente a la nueva normativa.
La propuesta del gobierno se inscribe en una discusión de fondo sobre los límites entre la justicia constitucional y la justicia contencioso administrativa. Sectores cercanos al gobierno han planteado que el Consejo de Estado, como tribunal Supremo de lo contencioso, ofrece una instancia técnica y especializada para revisar la legalidad de las decisiones del Ejecutivo, incluidos los actos del jefe de Estado.
Críticos y exfuncionarios, entre ellos el propio Petro, sostienen que concentrar el estudio de las tutelas en un solo cuerpo colegiado puede convertirse en un cuello de botella o en un filtro político, según la composición de la sala que conozca los casos. El argumento reaparece cada vez que se discute la competencia para revisar decisiones del presidente, en medio de una larga tradición de debates sobre independencia judicial.
En la práctica, la ciudadanía no cambia la forma de presentar la tutela, pues esta sigue siendo escrita, preferente y sumaria ante cualquier juez. Lo que cambia con el decreto es el juez que debe resolverla cuando el accionado es el presidente, lo que afecta la duración del trámite y la sede ante la que los ciudadanos deben insistir en caso de impugnación.
El decreto aún debe superar los controles propios del ordenamiento jurídico colombiano. Cualquier ciudadano o entidad puede demandar su nulidad ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa y, eventualmente, la Corte Constitucional puede revisarlo si se demuestra una vulneración de derechos. Mientras tanto, el debate político sobre la independencia de los tribunales queda instalado en la opinión pública.
Por ahora, la pugna entre Petro y el gobierno de Espriella se libra en el terreno declarativo. El siguiente paso será observar cómo se aplican las nuevas reglas en los primeros casos concretos y si los tribunales confirman o ajustan el alcance del decreto en las próximas semanas.
