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title: "Plan de gobierno de Abelardo de la Espriella contempla 90 decretos en 90 días sin pasar por el Congreso"
description: "El programa de gobierno del presidente Abelardo de la Espriella incluye expedir hasta 90 decretos para emitir leyes que pueden ser revisadas por el Congreso dentro de un plazo de 90 días. La propuesta abre el debate sobre los límites entre la acción ejecutiva y el control legislativo en Colombia."
image: "https://abelardopresidente.co/media/lo-que-puede-hacer-abelardo-sin-el-congreso.webp"
date: "2026-07-24T11:22:00Z"
area: "Política"
calificacion: "Neutral"
fuente: "UNIMINUTO Radio"
canonical: "https://abelardopresidente.co/noticia/lo-que-puede-hacer-abelardo-sin-el-congreso"
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# Plan de gobierno de Abelardo de la Espriella contempla 90 decretos en 90 días sin pasar por el Congreso

> El programa de gobierno del presidente Abelardo de la Espriella incluye expedir hasta 90 decretos para emitir leyes que pueden ser revisadas por el Congreso dentro de un plazo de 90 días. La propuesta abre el debate sobre los límites entre la acción ejecutiva y el control legislativo en Colombia.

- Fecha: 2026-07-24T11:22:00Z
- Área: Política
- Calificación del observatorio: **Neutral** (confianza 14%, baja confianza: se mantiene neutral)
- Por qué: El extracto describe un plan futuro del entonces candidato Abelardo de la Espriella (publicado el 24 de julio de 2026, antes de su posesión el 7 de agosto) sobre el uso de facultades extraordinarias para expedir hasta 90 decretos. Al ser un pronunciamiento informativo de un medio sobre planes de campaña —y no una decisión consumada del gobierno—, su impacto verificable es aún nulo.
- Fuente original: [UNIMINUTO Radio](https://www.uniminutoradio.com.co/lo-que-puede-hacer-abelardo-sin-el-congreso)
- URL canónica: https://abelardopresidente.co/noticia/lo-que-puede-hacer-abelardo-sin-el-congreso

El programa de gobierno del presidente Abelardo de la Espriella, según reportó UNIMINUTO Radio, prevé expedir alrededor de 90 decretos con fuerza de ley durante los primeros 90 días de su mandato en la Casa de Nariño. La cifra se conoce a poco más de dos semanas de la fecha en que el nuevo gobierno asumiría la conducción del Estado colombiano.

En el ordenamiento jurídico colombiano, la figura de los decretos con fuerza de ley se activa cuando el Ejecutivo necesita legislar sobre materias específicas que el Congreso no puede tramitar de manera ordinaria o cuando se presentan hechos extraordinarios. Cada decreto expedido bajo esta figura debe ser sometido después a control del Legislativo, que puede aprobarlos, modificarlos o rechazarlos dentro de un plazo determinado.

La propuesta de emitir 90 decretos en 90 días implica un ritmo legislativo inusual para un gobierno entrante. El volumen sugiere una intención de ordenar desde el inicio del mandato múltiples áreas de la administración pública, pero también abre interrogantes sobre la capacidad técnica del aparato estatal para producir esa cantidad de textos normativos en un periodo tan corto.

Uno de los puntos centrales del debate es la relación entre el Ejecutivo y el Congreso. Al expedir decretos con fuerza de ley, el presidente asume funciones que en el diseño constitucional corresponden al Legislativo. Por esa razón, la Constitución y la ley establecen plazos perentorios para que las cámaras revisen esos textos y decidan sobre su futuro.

La ciudadanía se vería afectada en la medida en que esos decretos pueden modificar reglas en materias sensibles como seguridad, economía, salud, educación, justicia y funcionamiento del Estado. Un volumen alto de normas en poco tiempo puede generar incertidumbre regulatoria, especialmente si los textos se conocen con poca anticipación o sin debates previos con sectores involucrados.

Para los analistas institucionales, este tipo de mecanismos de legislar por decreto se justifica en contextos de urgencia, pero su uso masivo cambia el equilibrio entre las ramas del poder público. La Corte Constitucional y el Consejo de Estado también pueden intervenir en la revisión de estos actos, dependiendo de su naturaleza y de los cuestionamientos que se presenten.

Otro factor a considerar es el calendario político. El nuevo gobierno coincidirá con un Congreso en funcionamiento, lo que obligará a coordinar la presentación de cada decreto con su trámite legislativo posterior. Si los textos no se radican a tiempo o si las comisiones y plenarias no los abordan dentro del plazo fijado, los decretos pueden decaer.

El plan deja abiertas varias preguntas: cuáles serían las materias específicas de esos 90 decretos, si se contempla un paquete único o varios bloques temáticos, y cómo se garantizará la publicidad y la participación ciudadana antes de su expedición. Hasta ahora, el reporte de UNIMINUTO Radio no detalla esos aspectos, por lo que la discusión apenas comienza.

La expectativa es que, una vez se conozca el contenido concreto del primer grupo de decretos, se abra un diálogo público sobre su conveniencia, su alcance y su impacto en la vida cotidiana de los colombianos. Por ahora, la cifra de 90 decretos en 90 días se instala como uno de los anuncios más llamativos del arranque de esta administración.

## Preguntas frecuentes

### ¿Qué son los decretos con fuerza de ley en Colombia?

Son normas que expide el presidente en situaciones específicas previstas por la Constitución, con la obligación posterior de ser revisadas y aprobadas por el Congreso dentro de un plazo determinado.

### ¿Qué plazo tiene el Congreso para revisar estos decretos?

Según el reporte de UNIMINUTO Radio, el plan contempla que la revisión por parte del Congreso se haga dentro de un plazo de 90 días tras su expedición.

### ¿Por qué se cuestiona expedir 90 decretos en 90 días?

Porque implica un volumen alto de normas en poco tiempo, lo que puede generar incertidumbre regulatoria y limita el debate previo con el Congreso y los sectores afectados.

### ¿Qué materias podrían regular esos decretos?

El reporte no precisa las materias. En general, este tipo de decretos puede abordar temas de seguridad, economía, salud, justicia y organización del Estado, entre otros.

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Publicado por [Abelardo Presidente](https://abelardopresidente.co), observatorio ciudadano y neutral del gobierno de Colombia. Cada hecho cita su fuente y se califica por impacto verificable, no por posición política.
