El Ministerio de Justicia, encabezado por Iván Cancino, expidió un decreto mediante el cual las tutelas que se interpongan en contra del presidente de la República deberán ser repartidas, en primera instancia, al Consejo de Estado. La información fue conocida a través de Caracol Radio, fuente que dio a conocer la firma del acto administrativo.
La tutela es el mecanismo previsto en la Constitución colombiana para que cualquier persona reclame ante un juez la protección inmediata de sus derechos fundamentales cuando considera que resultan amenazados o vulnerados. En el caso de las acciones dirigidas contra el jefe de Estado, la jurisdicción contencioso administrativa es la competente para resolverlas.
El Consejo de Estado es el máximo tribunal de lo contencioso administrativo en Colombia y cumple, entre otras, la función de tribunal de cierre en asuntos administrativos. Esa condición lo convierte en la instancia natural para revisar los actos y las decisiones del Gobierno nacional, lo que incluye las acciones judiciales contra el presidente.
Con el decreto firmado por Cancino se vuelve a un esquema en el que el Consejo de Estado conoce de entrada esas tutelas. Antes de esta modificación, según se desprende del cambio normativo, el reparto había sido alterado y los procesos no llegaban de manera automática a esa corporación, lo que había generado debate sobre cuál era el juez natural para esos casos.
El tema es sensible porque concentra en un solo cuerpo colegiado el examen inicial de las acciones urgentes que cualquier ciudadano puede presentar contra decisiones, actos u omisiones del primer mandatario. Esa concentración tiene efectos prácticos en los tiempos de respuesta y en la línea jurisprudencial que se aplica a los derechos fundamentales en ese escenario.
La expedición del decreto se inscribe en las facultades del Ministerio de Justicia en materia de organización y reglas de reparto judicial. Cancino, nombrado por el presidente Abelardo de la Espriella al frente de esa cartera, es el funcionario que firma el acto y, por tanto, a quien se atribuye la decisión administrativa.
En lo inmediato, las nuevas reglas obligan a los despachos de reparto a remitir las tutelas contra el presidente al Consejo de Estado en lugar de enviarlas a otros tribunales. Los procesos que ya estaban en curso o que se encontraban en otras instancias conservarán el trámite que les corresponda según la normatividad aplicable.
Queda por verse cómo reaccionan los sectores que venían cuestionando el reparto anterior y si la medida enfrenta algún reparo jurídico en las próximas semanas. Por ahora, el decreto ya está firmado y marca un cambio concreto en la ruta que seguirán las tutelas contra el jefe de Estado desde su primera etapa procesal.
