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title: "Decreto fija cierre de fronteras terrestres y fluviales durante la segunda vuelta presidencial"
description: "El Gobierno nacional expidió un decreto que ordena el cierre de las fronteras terrestres y fluviales de Colombia con motivo de la segunda vuelta presidencial. La medida rige desde este sábado 20 de junio a partir de las 6 de la mañana, según reportó la Revista Semana."
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date: "2026-06-20T15:19:11Z"
area: "Gobierno"
calificacion: "Negativa"
fuente: "Revista Semana"
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# Decreto fija cierre de fronteras terrestres y fluviales durante la segunda vuelta presidencial

> El Gobierno nacional expidió un decreto que ordena el cierre de las fronteras terrestres y fluviales de Colombia con motivo de la segunda vuelta presidencial. La medida rige desde este sábado 20 de junio a partir de las 6 de la mañana, según reportó la Revista Semana.

- Fecha: 2026-06-20T15:19:11Z
- Área: Gobierno
- Calificación del observatorio: **Negativa** (confianza 30%)
- Por qué: El Gobierno nacional decretó el cierre de fronteras terrestres y fluviales desde el sábado 20 de junio a las 6 de la mañana, con motivo de la segunda vuelta presidencial. La medida restringe temporalmente la libre circulación transfronteriza como acción de orden público asociada al proceso electoral, sin que el extracto precise su duración ni su justificación detallada.
- Fuente original: [Revista Semana](https://www.semana.com/amp/nacion/articulo/orden-de-cierre-de-fronteras-terrestres-y-fluviales-para-segunda-vuelta-este-es-el-decreto-que-modifica-los-horarios/202610)
- URL canónica: https://abelardopresidente.co/noticia/orden-de-cierre-de-fronteras-terrestres-y-fluviales-para-segunda-vuelta-este-es

De acuerdo con la Revista Semana, el Gobierno nacional emitió un decreto que modifica los horarios de cierre de las fronteras terrestres y fluviales del país de cara a la segunda vuelta presidencial. La restricción comenzó a regir este sábado 20 de junio desde las 6 de la mañana.

En Colombia, el cierre temporal de pasos fronterizos en jornada electoral es una figura contemplada en la normatividad electoral y de seguridad. Se aplica con el propósito de restringir el tránsito migratorio durante el día de los comicios y, de esa forma, reducir riesgos logísticos, de orden público y de fraude asociados al desplazamiento no controlado de personas entre países vecinos.

La medida alcanza tanto los pasos terrestres como los fluviales, una decisión que suele coordinarse entre el Ministerio de Relaciones Exteriores, la Cancillería, Migración Colombia y la Policía Nacional. En estas coyunturas, las autoridades aduaneras y migratorias suspenden la atención al público en los puntos de entrada habilitados y se concentran en operativos de control en el interior del territorio.

Para los ciudadanos, el cierre implica que durante la jornada no será posible ingresar ni salir del país por los pasos terrestres o fluviales habilitados. Quienes necesiten movilizarse deben atender los horarios establecidos por el decreto y las disposiciones complementarias que publiquen Migración Colombia y las gobernaciones de frontera, en coordinación con los países limítrofes.

El decreto modifica los horarios vigentes hasta ahora, lo que indica que el Gobierno ajustó la franja de restricción para adaptarla al calendario de la segunda vuelta. Según la información publicada por la Revista Semana, la orden empezó a aplicarse desde las 6 de la mañana del sábado, momento desde el cual rige la prohibición de tránsito por esos puntos.

Las elecciones presidenciales en Colombia se desarrollan en dos vueltas cuando ningún candidato obtiene la mayoría requerida en la primera. En esta jornada se define quién ocupará la Presidencia de la República a partir del 7 de agosto de 2026, fecha que marca el inicio formal del nuevo periodo constitucional, y por eso las autoridades suelen extremar las medidas de control durante el fin de semana de votación.

En la práctica, el cierre fronterizo se complementa con restricciones a la venta y consumo de bebidas embriagantes, con la Ley Seca que suele activarse en municipios donde hay mesas de votación, y con un dispositivo especial de la Fuerza Pública para custodiar los puestos de votación y el material electoral. Todas estas medidas apuntan a que la jornada se desarrolle sin alteraciones de orden público.

Para los colombianos residentes en zonas de frontera, la decisión tiene efectos directos: deben planificar con anticipación cualquier desplazamiento hacia Venezuela, Ecuador, Perú, Brasil o Panamá, dependiendo del departamento en el que se encuentren, y atender los avisos oficiales de las autoridades migratorias. Las excepciones que contemple el decreto, si las hay, serán las que apliquen durante la jornada.

Queda pendiente conocer el texto completo del decreto y los horarios específicos de cierre y reapertura de cada paso fronterizo, información que el Gobierno publica a través del Diario Oficial y de los canales oficiales de Migración Colombia. La Revista Semana reportó la existencia del decreto y la hora de entrada en vigencia, pero los detalles de la restricción los fija la norma en cuestión.

## Preguntas frecuentes

### ¿Desde cuándo rige el cierre de fronteras terrestres y fluviales?

Según la Revista Semana, la medida entró a regir este sábado 20 de junio a partir de las 6 de la mañana.

### ¿Por qué se cierran las fronteras durante una segunda vuelta presidencial?

El cierre temporal de pasos fronterizos en jornadas electorales busca restringir el tránsito migratorio y reducir riesgos logísticos, de orden público y de fraude asociados al desplazamiento no controlado entre países vecinos.

### ¿A qué puntos fronterizos aplica la medida?

El decreto, de acuerdo con lo informado por la Revista Semana, ordena el cierre de los pasos terrestres y fluviales de Colombia. No se mencionan restricciones adicionales sobre pasos aéreos.

### ¿Qué deben hacer los ciudadanos que necesitan cruzar la frontera durante la jornada?

Los viajeros deben atender los horarios y excepciones establecidos en el decreto y las disposiciones complementarias que publiquen Migración Colombia y las gobernaciones de frontera, en coordinación con los países limítrofes.

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Publicado por [Abelardo Presidente](https://abelardopresidente.co), observatorio ciudadano y neutral del gobierno de Colombia. Cada hecho cita su fuente y se califica por impacto verificable, no por posición política.
