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title: "Gobierno pide aplazar la entrada en vigor de la reforma pensional al 2028"
description: "El Ejecutivo solicitó modular los efectos del fallo de la Corte Constitucional que declaró exequible la mayor parte de la reforma pensional. La petición busca aplazar la vigencia plena de la ley hasta 2028, pocas semanas después de la decisión del alto tribunal."
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date: "2026-09-23T00:45:37Z"
area: "Política"
calificacion: "Negativa"
fuente: "El Nuevo Siglo"
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# Gobierno pide aplazar la entrada en vigor de la reforma pensional al 2028

> El Ejecutivo solicitó modular los efectos del fallo de la Corte Constitucional que declaró exequible la mayor parte de la reforma pensional. La petición busca aplazar la vigencia plena de la ley hasta 2028, pocas semanas después de la decisión del alto tribunal.

- Fecha: 2026-09-23T00:45:37Z
- Área: Política
- Calificación del observatorio: **Negativa** (confianza 40%)
- Por qué: El Gobierno solicita aplazar hasta 2028 la entrada en vigor de la reforma pensional, pocos meses después de que la Corte Constitucional la declaró exequible en su mayoría. La solicitud de modular los efectos del fallo genera dilación en la aplicación de una norma ya avalada por el alto tribunal.
- Fuente original: [El Nuevo Siglo](https://www.elnuevosiglo.com.co/politica/gobierno-pide-la-corte-aplazar-aplicacion-de-reforma-pensional-para-2028)
- URL canónica: https://abelardopresidente.co/noticia/piden-aplazar-entrada-en-vigor-de-la-reforma-pensional-al-2028

El Ejecutivo solicitó a la Corte Constitucional modular los efectos del fallo que declaró exequible la mayor parte de la reforma pensional, con el fin de aplazar su entrada en vigor hasta 2028. La petición llega pocas semanas después de que el alto tribunal adoptara esa determinación sobre la ley, según reportó El Nuevo Siglo.

La reforma pensional es una de las leyes estructurales del sistema de protección a la vejez en Colombia. Su objetivo central es modificar las reglas de transición entre el régimen público y el privado, unificar la edad de pensión y trasladar la administración de las cotizaciones a Colpensiones bajo condiciones de competencia con las AFP.

La figura de la modulación de efectos del fallo es un mecanismo que la Corte Constitucional puede aplicar para diferenciar en el tiempo la entrada en vigor de sus decisiones. Se usa cuando el tribunal considera que una ejecución inmediata podría generar traumatismos o afectar derechos de buena fe en cabeza de los ciudadanos.

El contexto inmediato es la sentencia de exequibilidad de la Corte, que declaró ajustada a la Constitución la mayor parte del articulado. Esa decisión despejó la incertidumbre jurídica sobre la norma, pero abrió el debate sobre la capacidad del Estado y del mercado financiero para asumir la transición en los plazos previstos.

El sector pensional privado, los futuros pensionados y los trabajadores próximos a cumplir los requisitos de edad y semanas cotizadas son los grupos directamente afectados por la fecha de entrada en vigencia. Un aplazamiento hasta 2028 implicaría que las nuevas reglas no comenzarían a aplicarse durante los próximos años.

La reforma contempla cambios en la edad de pensión para hombres y mujeres, en las semanas mínimas de cotización y en la administración del ahorro individual. Estos puntos son los que más impacto tendrían en la planeación financiera de los trabajadores y en la sostenibilidad fiscal del sistema, según el debate público que ha rodeado la ley.

La solicitud del Gobierno deberá ser estudiada por la Sala Plena de la Corte Constitucional, que ya tiene a su disposición la petición formal. El tribunal puede aceptar la modulación, fijando un nuevo calendario, o mantener los efectos del fallo tal como quedó redactado en la sentencia original.

Queda por conocer el alcance de la modulación pedida por el Ejecutivo y si la Corte accederá a fijar un tránsito gradual. Mientras tanto, los ciudadanos deberán seguir atentos a los plazos y a las comunicaciones oficiales del Ministerio del Trabajo y de Colpensiones sobre la transición al nuevo esquema.

Según El Nuevo Siglo, la petición se presenta en un contexto en el que distintos sectores han pedido claridad sobre la fecha exacta en que la reforma empezará a regir, ante la complejidad operativa de los cambios previstos.

## Preguntas frecuentes

### ¿Qué pidió el Gobierno sobre la reforma pensional?

Solicitó a la Corte Constitucional modular los efectos del fallo que declaró exequible la mayor parte de la ley y aplazar su entrada en vigor hasta 2028.

### ¿Qué es la modulación de efectos del fallo?

Es un mecanismo que permite a la Corte Constitucional diferenciar en el tiempo la entrada en vigor de sus decisiones, usado cuando la ejecución inmediata puede generar traumatismos o afectar derechos adquiridos.

### ¿Quiénes se verían afectados por el aplazamiento?

Los trabajadores próximos a pensionarse, los afiliados al sistema y el sector financiero ligado a las AFP, además de Colpensiones como entidad que asumiría nuevas responsabilidades.

### ¿Quién decide si se aplaza la entrada en vigencia?

La Sala Plena de la Corte Constitucional, que debe estudiar la solicitud del Gobierno y resolver si fija un nuevo calendario de transición.

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Publicado por [Abelardo Presidente](https://abelardopresidente.co), observatorio ciudadano y neutral del gobierno de Colombia. Cada hecho cita su fuente y se califica por impacto verificable, no por posición política.
