El presidente Abelardo de la Espriella firmó un decreto que revoca la suspensión general del porte de armas que su propio gobierno había dispuesto. Con la nueva decisión, queda sin efecto el esquema excepcional y se regresa al criterio ordinario: solo se puede portar arma con permiso vigente y bajo los controles que fija la ley. El cambio quedó consignado en un decreto que ya circula en medios oficiales, según lo reseña Pulzo.
Durante los meses en que rigió la suspensión, el porte de armas de fuego quedó prohibido de manera general en el territorio nacional, sin importar el tipo de arma ni la condición del ciudadano. La medida buscaba restringir al máximo la circulación de armas en espacios públicos y privados como parte de la política de seguridad. Con su revocatoria, el Ejecutivo pone fin a esa prohibición amplia y reactiva el régimen de permisos individuales.
El decreto que ahora entra a regir establece que únicamente los ciudadanos que tengan un permiso vigente expedido por la autoridad competente podrán portar armas. Además, fija controles estrictos para la verificación de esos permisos, lo que en la práctica significa que las autoridades podrán exigir la documentación en cualquier momento y lugar, según lo que contempla la normativa vigente.
El porte de armas en Colombia está regulado por el Estatuto para la defensa y la seguridad ciudadana, que define los tipos de permisos (de defensa personal, especiales y para empresas de vigilancia), los requisitos para acceder a ellos y las causales de cancelación. Bajo ese marco, el porte sin permiso constituye un delito y puede derivar en capturas y en el decomiso del arma. Volver a ese esquema implica aplicar de nuevo los filtros ordinarios de idoneidad, antecedentes y capacitación que ya estaban contemplados en la ley.
Para los ciudadanos del común, el efecto práctico es claro: nadie puede circular armado por la calle ni por sus lugares habituales sin portar el documento que lo acredite como titular de un permiso vigente. Quienes tengan armas en su vivienda sin los respectivos permisos también quedan expuestos a las sanciones contempladas en el Código Penal. Los clubes de tiro y las empresas de seguridad deberán ajustar sus procedimientos internos a la nueva directriz.
La decisión se conoce en un contexto de debate público sobre los indicadores de criminalidad y sobre el alcance real de las medidas excepcionales en materia de orden público. Sectores de la oposición y organizaciones civiles han cuestionado las suspensiones generales, señalando que su efecto sobre las cifras de violencia es limitado y que terminan restringiendo derechos de quienes cumplían los requisitos legales. El Gobierno, por su parte, ha defendido la suspensión como una herramienta para reducir la disponibilidad de armas en calles y zonas rurales.
Pulzo reporta que el decreto ya fue expedido y que, con su publicación, se reactivan los controles ordinarios. En las próximas horas se esperan aclaraciones oficiales sobre la transición, en particular sobre el destino de los permisos que quedaron suspendidos y sobre los trámites que deberán adelantar los ciudadanos para actualizarlos. También se aguarda el pronunciamiento de la Fiscalía y de la Policía sobre los operativos de verificación que arrancarán con el nuevo marco.
Entre los puntos por resolver quedan varios interrogantes: si habrá un periodo de gracia para que los ciudadanos renueven o adecuen sus permisos, qué criterios se aplicarán a las armas que quedaron registradas durante la suspensión y cómo se coordinarán los controles con las gobernaciones y alcaldías. El Observatorio seguirá de cerca los actos administrativos y las reacciones de los gremios afectados para ampliar esta información.
