Durante el acto de posesión, el presidente Abelardo de la Espriella anunció su intención de impulsar la cadena perpetua como pena máxima para los delitos más graves cometidos contra mujeres y niños en Colombia. La propuesta fue formulada como uno de los ejes fuertes de su discurso ante el país y ante los poderes del Estado.
Colombia no contempla hoy la cadena perpetua en su ordenamiento penal. La Constitución de 1991 establece en su artículo 34 que la pena máxima privativa de la libertad es de hasta 60 años para los delitos ordinarios y hasta 80 años en el caso de conductas agravadas como el genocidio o el terrorismo. Cualquier modificación de ese tope implica una reforma al texto constitucional, trámite que requiere mayorías calificadas en el Congreso.
Para que la cadena perpetua sea una realidad jurídica en Colombia se deberían surtir varias etapas. Primero, una reforma a la Constitución mediante un acto legislativo aprobado por mayoría absoluta en ambas cámaras del Congreso. Luego, una reforma al Código Penal que defina los delitos específicos alcanzados por esa pena y los criterios de proporcionalidad. Más adelante, una ley estatutaria que reglamente los beneficios y la revisión de la condena, si esa es la fórmula que se adopta.
En la práctica, la propuesta del gobierno tendría que aterrizar en un texto concreto. Ese texto debe precisar qué conductas se castigan con esa pena: asesinato de menores de edad, violencia sexual contra niños y niñas, femicidios agravados, entre otros. También debe definir si la cadena perpetua será revisable después de cierto número de años o si será efectivamente perpetua, un debate que en otros países se resuelve con figuras como la libertad condicional o la revisión judicial.
El anuncio presidencial se inscribe en una línea de endurecimiento penal que ha sido recurrente en distintos gobiernos latinoamericanos. Países como Chile, Brasil, México, Perú y Argentina han discutido o implementado reformas equivalentes en los últimos años, impulsadas generalmente por casos de alto impacto mediático. Colombia se había mantenido al margen de esa tendencia, en parte por el principio de resocialización de la pena que también recoge la Constitución.
Para la ciudadanía, el impacto inmediato sería simbólico. Mientras la reforma no se apruebe, ninguna condena puede ser modificada y los jueces deben seguir aplicando el tope vigente de 60 u 80 años. Sin embargo, si la propuesta avanza, las víctimas y sus familias podrían encontrar en la cadena perpetua una respuesta de mayor contundencia del Estado frente a delitos especialmente graves.
En el plano político, la iniciativa requerirá acuerdos con los partidos de oposición y con las bancadas independientes. Tanto el Partido Liberal como el Partido Verde y la Alianza Verde han expresado en otros momentos reservas frente a la pena perpetua, señalando que contradice el fin resocializador de la cárcel. Sectores cercanos a víctimas y organizaciones de la sociedad civil han apoyado históricamente este tipo de medidas.
Según la fuente Newsroom RCN Radio, la propuesta hace parte del plan de gobierno presentado en la posesión. El medio también señaló que las reformas de fondo requerirían apoyo de al menos dos legislaturas consecutivas en caso de incluir cambios a la Carta. El trámite, por tanto, no podría completarse en menos de un año y medio si el Congreso le da prioridad.
Quedan pendientes varios escenarios. El primero es la presentación formal del proyecto de acto legislativo por parte del Ministerio de Justicia o de una bancada aliada. El segundo, la instalación de una comisión de expertos para definir los delitos incluidos. El tercero, la realización de audiencias públicas en regiones con presencia de víctimas, especialmente en zonas afectadas por violencia sexual y reclutamiento forzado de menores.
