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title: "Presidente De la Espriella revoca la suspensión general del porte de armas en Colombia"
description: "El presidente Abelardo de la Espriella revocó la suspensión general del porte de armas que regía en el país. Con la medida, solo podrán portar armas quienes tengan permiso vigente, bajo estrictos controles establecidos por las autoridades competentes."
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date: "2026-09-09T07:18:42Z"
area: "Seguridad"
calificacion: "Positiva"
fuente: "Pulzo"
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# Presidente De la Espriella revoca la suspensión general del porte de armas en Colombia

> El presidente Abelardo de la Espriella revocó la suspensión general del porte de armas que regía en el país. Con la medida, solo podrán portar armas quienes tengan permiso vigente, bajo estrictos controles establecidos por las autoridades competentes.

- Fecha: 2026-09-09T07:18:42Z
- Área: Seguridad
- Calificación del observatorio: **Positiva** (confianza 33%)
- Por qué: El presidente Abelardo de la Espriella revocó la suspensión general del porte de armas, de modo que solo podrán portar armas quienes tengan permiso vigente y bajo estrictos controles. La decisión fortalece el marco regulatorio sobre armas de fuego, con impacto favorable en seguridad y legalidad, y una restricción acotada al ejercicio libre del porte para no permissionados.
- Fuente original: [Pulzo](https://www.pulzo.com/nacion/porte-de-armas-en-colombia-que-cambia-tras-el-nuevo-decreto-de-abelardo-de-la-espriella-PP5296965A)
- URL canónica: https://abelardopresidente.co/noticia/presidente-de-la-espriella-revoca-suspension-general-del-porte-de-armas-en-colom

El presidente Abelardo de la Espriella revocó la suspensión general del porte de armas que se aplicaba en Colombia. La decisión restringe nuevamente el porte a quienes cuenten con permiso vigente, expedido conforme a los requisitos legales y bajo los controles que fijan las autoridades, según reportó Pulzo.

Hasta la expedición de la suspensión general, el porte de armas en Colombia estaba sujeto al régimen ordinario regulado por el Ministerio de Defensa y la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. Esas normas establecen categorías, cupos, calibres y requisitos personales para acceder a un permiso, y contemplan la revocatoria cuando cambian las condiciones de orden público.

Con la derogación de la suspensión, quienes no tengan un permiso individual vigente quedan impedidos para portar armas en espacios públicos. Los tenedores de armas inscritas en su mayoría no se ven alcanzados por esta restricción, porque la tenencia se refiere a la guarda del arma en un lugar determinado, usualmente el domicilio, y no a su porte o traslado.

La medida llega en un contexto de debate sobre la política de desarme civil y la situación de orden público en distintas regiones del país. El porte de armas de fuego por civiles es una materia sensible en Colombia, donde la regulación ha oscilado históricamente entre restricciones amplias y periodos de suspensión general, dependiendo del gobierno de turno y los indicadores de seguridad.

Para los ciudadanos con permiso vigente, la revocatoria implica un regreso al cumplimiento pleno de los controles ordinarios: renovación en los plazos establecidos, acreditación de idoneidad, antecedentes y, cuando corresponda, la supervisión de la autoridad militar. El incumplimiento puede configurar sanciones administrativas y penales.

El alcance de la decisión se limita al porte de armas, figura jurídica distinta a la tenencia y al uso institucional de la fuerza por parte de la Fuerza Pública y los organismos de seguridad del Estado, que mantienen sus competencias propias. Tampoco modifica las reglas aplicables a las armas de uso restringido, cuyo régimen continúa bajo el control del Comando General de las Fuerzas Militares.

La fuente consultada, Pulzo, no precisa en el extracto divulgado la fecha exacta del decreto, el número del acto administrativo ni las condiciones técnicas de los nuevos controles. Estos detalles deberán consultarse en el texto oficial publicado por el Ministerio de Defensa para conocer el calendario de aplicación y los requisitos actualizados.

Queda pendiente cómo se articulará esta decisión con las políticas de desarme voluntario que promueven la Policía Nacional y la Fiscalía, y si la revocatoria irá acompañada de operativos reforzados de verificación de permisos en las principales ciudades del país.

## Preguntas frecuentes

### ¿Qué decidió el presidente sobre el porte de armas?

Revocó la suspensión general del porte de armas en Colombia. En adelante, solo podrán portar armas quienes tengan un permiso individual vigente, bajo los controles fijados por la ley y las autoridades competentes.

### ¿La medida afecta a los tenedores de armas?

No en principio. La decisión se refiere al porte, es decir, al traslado del arma en espacios públicos. La tenencia, que es la custodia del arma en un lugar determinado, sigue rigiéndose por sus propias normas.

### ¿Qué controles deben cumplir quienes ya tienen permiso de porte?

Los permisos mantienen sus requisitos ordinarios: antecedentes, idoneidad, renovación dentro de los plazos y, cuando aplica, la supervisión de la autoridad militar. El incumplimiento puede generar sanciones administrativas y penales.

### ¿La revocatoria cambia el uso de armas por la Fuerza Pública?

No. El porte de armas por civiles es una materia distinta a la fuerza pública. Las Fuerzas Militares, la Policía y los organismos de seguridad del Estado conservan sus competencias propias y el régimen de armas de uso restringido continúa bajo el control del Comando General.

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Publicado por [Abelardo Presidente](https://abelardopresidente.co), observatorio ciudadano y neutral del gobierno de Colombia. Cada hecho cita su fuente y se califica por impacto verificable, no por posición política.
