El presidente Abelardo De La Espriella y los ministros de su gabinete firmaron 11 decretos al amparo de la Emergencia Económica declarada a raíz del terremoto que afectó al país, según reportó el medio Alternativa Caribe. Las disposiciones se enmarcan en las facultades extraordinarias que la Constitución prevé cuando el Gobierno declara ese tipo de emergencia.
La Emergencia Económica es una figura contemplada en el ordenamiento colombiano para reaccionar con agilidad ante catástrofes naturales o crisis graves. Al declararla, el Ejecutivo puede dictar decretos con fuerza de ley en materias específicas y por un tiempo limitado, sin necesidad de tramitarlos ante el Congreso de manera inmediata.
Según la información publicada por Alternativa Caribe, los 11 decretos firmados están dirigidos a atender las necesidades surgidas por el terremoto. La nota de prensa no detalla en qué consisten cada uno de los actos administrativos ni los sectores a los que apuntan, por lo que el contenido específico se conocerá a medida que el Gobierno publique los textos en el Diario Oficial.
El decreto de Emergencia Económica suele ir acompañado de una declaratoria de desastre o de calamidad pública, que habilita a alcaldes y gobernadores a disponer recursos y a agilizar contratos para la atención de la emergencia. La firma de los 11 decretos se produce en ese contexto institucional y bajo ese mismo propósito.
Para los ciudadanos, este tipo de medidas pueden traducirse en reasignaciones de presupuesto, alivios tributarios temporales, líneas especiales de crédito, suspensión de cobros de servicios públicos en las zonas afectadas y planes de reconstrucción de infraestructura dañada. El alcance concreto dependerá del articulado de cada decreto, que el Gobierno deberá socializar en los próximos días.
En el plano institucional, la oposición y los organismos de control suelen reaccionar a las Emergencias Económicas con solicitudes de revisión y de control político, dado que los decretos tienen fuerza de ley mientras se tramitan en el Congreso. La Corte Constitucional y el Consejo de Estado son los escenarios donde eventualmente se define la validez de estas normas.
Desde la óptica de la gestión pública, las Emergencias Económicas recientes en Colombia, como las declaradas por la pandemia de covid-19 y por inundaciones, han servido para reorientar recursos y acelerar contratos en zonas damnificadas. El Gobierno de De La Espriella se apoya en ese mismo andamiaje para atender la emergencia por el terremoto.
Queda pendiente la publicación oficial del texto de cada uno de los 11 decretos en el Diario Oficial, así como la explicación detallada de su contenido por parte de los ministerios sectoriales. También se espera el inicio del trámite legislativo ante el Congreso, donde las comisiones primeras y terceras analizarán la compatibilidad de las medidas con la Constitución y las leyes vigentes.
La atención del terremoto exige, además de los decretos, un trabajo articulado con gobernaciones, alcaldías y entidades de socorro, que son las encargadas de ejecutar las medidas en territorio. El Gobierno ha señalado que la prioridad es la atención inmediata y la reconstrucción de las zonas afectadas.
