La Circular 0096, emitida por el Ministerio del Trabajo, autoriza a los empleadores del país a pagar de manera anticipada la prima de servicios a los trabajadores vinculados en las zonas afectadas por el terremoto. La disposición, reportada por CAMBIO Colombia, busca que los hogares dispongan de liquidez inmediata tras la emergencia.
La norma también abre la puerta al retiro de cesantías por parte de los empleados damnificados. Los trabajadores que hayan perdido su vivienda, sufrido afectaciones graves en su lugar de residencia o atraviesen dificultades económicas derivadas del sismo podrán solicitar el retiro parcial o total del ahorro acumulado en sus fondos de cesantías, según los lineamientos de la circular.
El Ministerio del Trabajo fundamenta la decisión en la necesidad de garantizar la protección del mínimo vital y los derechos laborales de la población impactada. La circular recuerda que la prima de servicios es una prestación social que, por regla general, se paga en junio y diciembre, y cuya cancelación anticipada requiere la autorización del empleador dentro de los plazos previstos por la ley.
Para los trabajadores independientes y por cuenta propia que no tienen empleador, la medida no aplica de forma directa, aunque las cesantías sí pueden ser retiradas por las causales ya contempladas en la normativa. En la práctica, la instrucción amplía las alternativas de apoyo financiero para quienes perdieron ingresos o enfrentan sobrecostos por el desastre natural.
Según CAMBIO Colombia, la circular fija criterios operativos para los empleadores, los administradores de fondos de cesantías y los operadores de nómina. Entre los puntos centrales están la verificación de la afectación territorial, los documentos soporte que debe aportar el trabajador y los plazos máximos para hacer efectivo el pago de la prima y el giro de las cesantías.
La decisión llega en un contexto en el que varias regiones del país han reportado daños en infraestructura, viviendas y vías a causa del movimiento telúrico. Las autoridades locales y los organismos de atención de emergencias han activado balances oficiales, mientras el Gobierno nacional coordina ayudas y medidas fiscales para atender la reconstrucción.
Para los empleados formales, la instrucción implica que pueden solicitar a su empleador el pago anticipado de la prima sin necesidad de esperar la fecha legal ordinaria. Si el empleador acepta, el trabajador recibirá el pago dentro de los términos que establezca la circular y la negociación entre las partes, conservando sus demás prestaciones intactas.
En el caso de las cesantías, la solicitud debe presentarse ante el fondo donde el trabajador tiene administrado el ahorro. La circular detalla que los retiros deben cumplir los requisitos de Ley 50 y sus decretos reglamentarios, y que los fondos deben agilizar la revisión y el desembolso para evitar más demoras a los damnificados.
Queda pendiente que el Ministerio del Trabajo publique los listados oficiales de municipios y zonas declaradas como afectadas, ya que la aplicabilidad de la prima anticipada y del retiro de cesantías depende de esa focalización territorial. Las autoridades también llamaron a los empleadores a aplicar el principio de buena fe y a atender con prioridad las solicitudes de los trabajadores impactados.
