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NeutralEconomía6 de agosto de 2026

Gobierno De la Espriella: qué cambiará en salario mínimo, horas extra y jornada desde agosto

El inicio de la nueva administración reabrió el debate sobre el salario mínimo, el pago de horas extra, los dominicales y la jornada laboral en Colombia. Sectores gremiales y centrales obreras se preparan para una etapa de negociaciones con reglas por definir. Millones de trabajadores dependen de las decisiones que se adopten en los próximos meses.

Gobierno De la Espriella: qué cambiará en salario mínimo, horas extra y jornada desde agosto

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El nuevo gobierno reabre el debate sobre salario mínimo, horas extra, dominicales y jornada laboral, con sectores gremiales y centrales obreras preparándose para negociaciones en los próximos meses. No se reportan decisiones concretas ni cambios normativos efectivos.

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“El inicio de la nueva administración reabrió el debate sobre el salario mínimo, el pago de horas extra, los dominicales y la jornada laboral en Colombia.”

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“Sectores gremiales y centrales obreras se preparan para una etapa de negociaciones con reglas por definir.”

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La llegada del gobierno de Abelardo de la Espriella al poder sitúa en la agenda pública el rumbo de varias normas laborales que rigen la vida de millones de colombianos. El salario mínimo, las horas extra, el recargo dominical y la jornada de trabajo aparecen entre los puntos que podrían ajustarse durante el segundo semestre, según reseñó el portal Infobae en su nota sobre los cambios que se avecinan desde agosto.

En Colombia, el salario mínimo lo fija cada año el gobierno nacional tras una concertación con empresarios, trabajadores y centrales sindicales, un mecanismo previsto en el Código Sustantivo del Trabajo. La negociación suele iniciar en noviembre y el nuevo valor rige desde enero. Cualquier modificación al mecanismo o al monto vigente durante el gobierno De la Espriella tendrá efectos directos sobre los asalariados del sector formal y sobre los contratos públicos y privados indexados al mínimo.

El pago de horas extra y el recargo por trabajo dominical o festivo también hacen parte de los puntos sensibles. La ley establece recargos del veinticinco por ciento para horas extra diurnas, setenta y cinco por ciento para nocturnas y del setenta y cinco por ciento para el trabajo en domingo o festivo. Una reforma en este frente podría mover los costos laborales de miles de empresas, en especial de sectores como comercio, manufactura y servicios.

Otro tema en discusión es la jornada laboral. Colombia mantiene desde hace décadas una jornada ordinaria de hasta cuarenta y ocho horas semanales distribuidas en seis días, una de las cargas semanales más altas de América Latina. Varios proyectos de ley y propuestas ciudadanas han planteado reducirla a cuarenta horas, con el argumento de mejorar la productividad, la salud mental y la conciliación familiar. Hasta ahora ninguna ha sido aprobada de manera definitiva.

El extracto de Infobae subraya que, para el nuevo mandatario, los retos de formalización y equidad son crecientes, en un país donde buena parte de la población ocupada trabaja por cuenta propia o en la informalidad. Según cifras del DANE que se citan en distintas coyunturas, cerca de la mitad de los ocupados carece de contrato formal, lo que reduce el alcance real de cualquier cambio en estas normas.

Las centrales obreras y los gremios empresariales suelen asumir posturas opuestas en estas discusiones. Los sindicatos piden incrementos significativos en el mínimo y el cierre de la brecha entre el mínimo legal y el mínimo vital calculado por el Dane, además de más protección frente a la extensión de la jornada. Los gremios, por su parte, suelen advertir sobre el impacto de un alza acelerada en el desempleo y la supervivencia de los negocios pequeños.

El gobierno De la Espriella deberá decidir si promueve un nuevo escenario de concertación, si llama a una mesa tripartita de manera temprana o si deja que las reglas actuales sigan rigiendo mientras se discuten eventuales reformas. La forma en que se abra la conversación marcará el tono de las relaciones laborales durante el resto del cuatrienio.

Para los trabajadores, lo que se decida tendrá efectos en el ingreso mensual, en los recargos por turnos largos y en la posibilidad de negociar horarios más flexibles. Para los empleadores, el impacto se sentirá en la nómina, en la planeación de turnos y en la competencia frente a negocios informales que, en la práctica, no aplican estas normas.

Infobae plantea que la discusión apenas comienza. Faltan definiciones sobre si habrá proyectos de ley radicados, mesas técnicas instaladas o decretos que modifiquen reglamentaciones vigentes. Mientras tanto, asalariados y empleadores operan con las reglas actuales, en una etapa de transición que condiciona planes de contratación, presupuestos familiares y decisiones de inversión.

Preguntas frecuentes

¿Quién fija el salario mínimo en Colombia y cuándo entra en vigencia?

El salario mínimo lo fija el gobierno nacional mediante decreto, tras un proceso de concertación con trabajadores y empresarios. Por ley, el nuevo valor rige desde el primero de enero de cada año, tras las negociaciones que suelen arrancar en noviembre.

¿Qué recargos aplican hoy por horas extra y trabajo dominical?

La legislación colombiana ordena un recargo del veinticinco por ciento para horas extra diurnas, setenta y cinco por ciento para horas extra nocturnas y un setenta y cinco por ciento por trabajo en domingo o festivo diurno, con reglas especiales para el nocturno.

¿Está vigente una jornada de 40 horas semanales en Colombia?

No de manera general. La jornada ordinaria permitida es de hasta cuarenta y ocho horas semanales distribuidas en seis días, aunque existen propuestas legislativas para reducirla a cuarenta horas, las cuales no han sido aprobadas.

¿A quiénes beneficiarían o afectarían los cambios anunciados?

Los cambios impactarían a los asalariados del sector formal, a las pequeñas y medianas empresas que calculan su nómina con base en el mínimo y a los trabajadores informales, aunque estos últimos suelen quedar por fuera de las garantías laborales reconocidas en la ley.

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