La banda presidencial es el símbolo que identifica al jefe de Estado en Colombia y se impone al presidente electo en el momento de su posesión. RCN Radio consultó la legislación vigente para explicar quién debe entregarla y cómo se cumple ese acto solemne el 7 de agosto de 2026.
En la tradición colombiana, la imposición de la banda suele estar a cargo del presidente saliente, cuando este asiste a la ceremonia. La norma y la costumbre establecen que el jefe de Estado que termina su mandato coloca la insignia al sucesor en la Plaza de Bolívar, ante el Congreso y el país.
Cuando el presidente saliente no puede estar presente, el protocolo recae en el presidente del Congreso, que es la autoridad que preside la sesión solemne de posesión. Esta figura está prevista en la Constitución y en la ley, que regulan el orden de la ceremonia y los actos de juramentación.
El papel del Congreso en la transmisión del poder no se limita a la banda. La corporación verifica la credencial del presidente electo, toma el juramento y firma el acta de posesión. Es el escenario institucional donde el nuevo gobierno recibe el reconocimiento formal de las otras ramas del Estado.
La ceremonia del 7 de agosto es el cierre de un ciclo electoral y el inicio del mandato de Abelardo de la Espriella. Para la ciudadanía, más allá del simbolismo, ese día marca el arranque de un nuevo gobierno con su equipo ministerial y la hoja de ruta que presentará ante el país.
La imposición de la banda también tiene un valor histórico. Cada presidente la ha recibido en la Plaza de Bolívar desde el siglo XIX, y el gesto se transmite por televisión. Con el paso de los años, ese momento se convirtió en una de las imágenes más reconocidas de la política nacional.
Para la opinión pública, el protocolo importa porque fija reglas claras sobre la sucesión del poder. Saber quién entrega la banda reduce la incertidumbre y permite a los medios y a la ciudadanía seguir la jornada con información precisa sobre los tiempos y los actores involucrados.
Según la nota de RCN Radio, lo que dice la ley se reduce a dos figuras: el presidente saliente, si asiste, o el presidente del Congreso. La norma no deja margen a otras autoridades para ese gesto, por lo que la decisión final depende de quién esté presente el día de la posesión.
Queda pendiente confirmar la logística oficial de la ceremonia, la asistencia del presidente saliente y los detalles del acto en la Plaza de Bolívar. Esos anuncios se esperan en los días previos al 7 de agosto, cuando la Casa de Nariño y el Congreso definan el programa completo de la jornada.
