Según informó Caracol Radio, la Ley 2466 de 2025 introdujo un ajuste en la forma como se cotiza al Sistema de Seguridad Social Integral cuando la relación laboral es por tiempo parcial, es decir, cuando el trabajador labora por periodos inferiores a un mes o por días sueltos dentro del mismo mes.
El cambio normativo se inscribe en el debate más amplio sobre la protección social de los trabajadores con ingresos intermitentes, una población que incluye a quienes se ocupan en actividades estacionales, comercio informal formalizado, servicios domésticos por días y oficios varios. Hasta ahora, muchos de estos trabajadores quedaban por fuera del sistema o cotizaban de manera irregular.
La nueva disposición establece que el empleador debe efectuar los aportes a salud, pensión y riesgos laborales de forma proporcional al tiempo efectivamente trabajado dentro del mes. Esto implica que ya no se exige un mes completo de cotización para que el trabajador acceda a los beneficios del sistema, sino que se reconoce el periodo laborado.
En la práctica, el trabajador que labora una semana o unos cuantos días en el mes verá registrados esos días en su historia laboral. Para acceder a servicios de salud, el aporte mínimo que se exige es el de una semana, lo que permite la cobertura inmediata durante el periodo reportado, según lo explicado por fuentes consultadas por Caracol Radio.
En materia pensional, la cotización por días se acumula en la cuenta individual del trabajador. Cada día cotizado suma semanas al historial requerido para acceder a la pensión de vejez. Este mecanismo es relevante para los trabajadores jóvenes que apenas comienzan su vida laboral o para quienes rotan entre varios empleadores parciales.
La reforma también señala responsabilidades claras para los empleadores. Las empresas que contratan personal por jornadas parciales o por días deben reportar y pagar los aportes dentro de los plazos establecidos por la ley. El incumplimiento puede generar sanciones por parte de la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales, UGPP, y las demás entidades de vigilancia.
Desde el punto de vista de los trabajadores, la principal implicación es la posibilidad de construir un historial continuo sin depender de un contrato a término indefinido o de tiempo completo. Un auxiliar de ventas que trabaja tres días a la semana en un almacén y dos en otro, por ejemplo, podrá cotizar desde cada uno de esos vínculos.
Para los independientes con contrato de prestación de servicios que ahora se asimilan a trabajadores por días, la transición hacia el nuevo esquema requiere ajustes en la facturación y en los reportes a las administradoras de pensiones y EPS. Las gestoras del sistema han debido actualizar sus plataformas para recibir pagos proporcionales.
Quedan pendientes aspectos operativos como la unificación de los reportes entre las distintas administradoras y la simplificación del proceso para que los empleadores con alta rotación de personal por días no enfrenten cargas administrativas excesivas. También está sobre la mesa el seguimiento al impacto real de la norma en la cobertura efectiva del sistema.
La entrada en vigencia de la Ley 2466 de 2025 marca un cambio estructural en la forma como Colombia protege a su fuerza laboral fragmentada. La forma en que se implemente en los próximos meses mostrará si el nuevo esquema logra reducir la informalidad o si, por el contrario, persisten los obstáculos para que los trabajadores por días accedan plenamente a la seguridad social.
