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title: "Se conoce el decreto del presidente Abelardo de la Espriella sobre el porte de armas de fuego"
description: "La revista Semana reveló los detalles del decreto firmado por el presidente Abelardo de la Espriella sobre el porte de armas de fuego en Colombia. La medida también fue firmada por el ministro de Defensa, Jorge Mora. La determinación regula las condiciones en las que los ciudadanos pueden portar armas en el territorio nacional."
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date: "2026-09-08T17:04:36Z"
area: "Seguridad"
calificacion: "Neutral"
fuente: "Revista Semana"
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# Se conoce el decreto del presidente Abelardo de la Espriella sobre el porte de armas de fuego

> La revista Semana reveló los detalles del decreto firmado por el presidente Abelardo de la Espriella sobre el porte de armas de fuego en Colombia. La medida también fue firmada por el ministro de Defensa, Jorge Mora. La determinación regula las condiciones en las que los ciudadanos pueden portar armas en el territorio nacional.

- Fecha: 2026-09-08T17:04:36Z
- Área: Seguridad
- Calificación del observatorio: **Neutral** (confianza 20%, baja confianza: se mantiene neutral)
- Por qué: El presidente Abelardo de la Espriella y el ministro de Defensa Jorge Mora firmaron un decreto sobre el porte de armas de fuego. El extracto no detalla el contenido ni el sentido de la medida (si restringe o amplía el porte), por lo que no es posible anclar un impacto concreto sobre la ciudadanía o las instituciones.
- Fuente original: [Revista Semana](https://www.semana.com/politica/articulo/se-conoce-el-decreto-que-firmo-abelardo-de-la-espriella-para-el-porte-de-armas-de-fuego-estos-son-los-detalles/202651)
- URL canónica: https://abelardopresidente.co/noticia/se-conoce-el-decreto-que-firmo-abelardo-de-la-espriella-para-el-porte-de-armas-d

La revista Semana publicó los detalles del decreto que firmó el presidente Abelardo de la Espriella para regular el porte de armas de fuego en Colombia. El documento, firmado también por el ministro de Defensa, Jorge Mora, establece las condiciones bajo las cuales los ciudadanos podrán portar estos elementos en el territorio nacional.

El porte de armas de fuego en Colombia es una materia regulada históricamente por el Ministerio de Defensa a través de decretos que fijan requisitos, prohibiciones y permisos especiales. Las modificaciones en esta área suelen responder a criterios de seguridad ciudadana, orden público y protección de la vida, según ha sido la tradición normativa del país.

Aunque el extracto de la fuente no precisa el contenido específico del decreto ni las modificaciones puntuales que introduce, la divulgación del documento permite a los ciudadanos conocer el alcance de la nueva normativa. Los decretos sobre armas suelen definir categorías, edades mínimas, permisos especiales para deportistas, coleccionistas y personal de seguridad privada, entre otros aspectos.

La firma conjunta entre el presidente de la República y el ministro de Defensa es el procedimiento habitual para expedir este tipo de regulaciones. El Ministerio de Defensa tiene a su cargo el control de armas, municiones y explosivos, por lo que su competencia es directa en la materia.

Para los ciudadanos, este tipo de decretos tiene implicaciones concretas en la vida cotidiana. Determinan quién puede portar un arma, en qué circunstancias y bajo qué requisitos. Cualquier cambio en la regulación obliga a quienes ya cuentan con permisos a revisar si mantienen las condiciones bajo las cuales les fueron otorgados.

El decreto firmado por de la Espriella se inscribe en la línea de decisiones que el Gobierno nacional ha tomado en materia de seguridad desde el inicio de su administración. La política de armas forma parte de la estrategia más amplia de orden público y convivencia que desarrollan las autoridades colombianas.

Tras la publicación del documento, queda pendiente la revisión detallada del texto oficial para conocer con precisión qué cambios introduce frente a la normatividad anterior. La ciudadanía y los gremios interesados, como los sectores de seguridad privada y deporte, suelen analizar este tipo de decretos para verificar su impacto.

La divulgación realizada por Semana marca el inicio del debate público sobre los alcances de la medida. En las próximas jornadas se esperan reacciones de sectores vinculados al porte legal de armas, así como pronunciamientos de organizaciones de derechos humanos y expertos en seguridad.

## Preguntas frecuentes

### ¿Qué autoridad firma los decretos sobre porte de armas en Colombia?

Los decretos sobre porte de armas en Colombia son firmados por el presidente de la República y el ministro de Defensa, quien tiene a su cargo el control de armas, municiones y explosivos en el país.

### ¿Qué regula un decreto de porte de armas de fuego?

Este tipo de decreto establece los requisitos, categorías, permisos y prohibiciones para que los ciudadanos puedan portar armas de fuego en el territorio nacional, incluyendo excepciones para deportistas, coleccionistas y personal de seguridad privada.

### ¿Quién es Jorge Mora en este decreto?

Jorge Mora es el ministro de Defensa de Colombia, quien firmó junto al presidente Abelardo de la Espriella el decreto sobre porte de armas de fuego divulgado por la revista Semana.

### ¿Dónde se conocieron los detalles del decreto?

Los detalles del decreto fueron publicados por la revista Semana, que reveló los puntos principales de la medida firmada por el presidente Abelardo de la Espriella.

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Publicado por [Abelardo Presidente](https://abelardopresidente.co), observatorio ciudadano y neutral del gobierno de Colombia. Cada hecho cita su fuente y se califica por impacto verificable, no por posición política.
