La reforma pensional impulsada por el gobierno de Gustavo Petro terminó su trámite en el Congreso y fue sancionada antes del fin de su mandato. Sin embargo, su entrada en vigencia plena depende de una decisión pendiente de la Corte Constitucional, que debe resolver demandas y revisiones sobre distintos apartados de la ley, según reportó Infobae Colombia.
El presidente de Asofondos, Andrés Velasco, expuso ante Infobae Colombia sus preocupaciones sobre dos puntos centrales del nuevo modelo: la sostenibilidad financiera del sistema en el mediano plazo y la cobertura efectiva de los beneficios para los adultos mayores que ya estaban próximos a pensionarse o que confiaban en el reconocimiento de bonos pensionales. Velasco ha sido uno de los voceros más visibles del sector privado en el debate.
La reforma creó un sistema de pilares que busca unificar reglas entre el régimen de prima media, administrado por Colpensiones, y el régimen de ahorro individual, manejado por los fondos privados. En el modelo aprobado, los afiliados con ingresos hasta cierto umbral cotizan principalmente a Colpensiones, mientras que los aportes por encima de ese monto van a las cuentas individuales. Esa arquitectura fue precisamente uno de los aspectos más cuestionados durante el trámite legislativo.
Los bonos pensionales son títulos que reconocen las cotizaciones que una persona hizo al antiguo Instituto de Seguros Sociales antes de 1993, cuando entró el sistema de ahorro individual. Su valoración y actualización afectan el saldo que reciben los afiliados al momento de jubilarse. Expertos citados por Infobae Colombia temen que los ajustes previstos en la reforma modifiquen el cálculo de esos bonos, lo que impactaría a millones de personas que cambiaron de régimen hace décadas.
Para los ciudadanos, lo que está en juego es concreto: la edad de jubilación, el monto de la mesada, la entidad que administrará los aportes y la posibilidad de recibir un reconocimiento por las cotizaciones previas. Asofondos y otras voces del sector han señalado que la transición entre regímenes puede generar incertidumbres si la Corte ordena modificar artículos clave de la ley.
La Corte Constitucional ya ha revisado reformas estructurales en el pasado y en varias ocasiones ha condicionado la entrada en vigencia de normas hasta que se ajusten a la Carta Política. Esa facultad de modular los efectos de un fallo es la que mantiene en vilo a gestores públicos, administradores de fondos y sindicatos, pues cualquierDeclaración de inconstitucionalidad parcial obligaría al Congreso a corregir los textos en un plazo corto.
En el plano político, el tema cruza la frontera del gobierno de Petro. La administración del presidente Abelardo de la Espriella arrancó con este expediente abierto y deberá coordinarse con el Ministerio de Hacienda, Colpensiones y la Superintendencia Financiera para atender el fallo, sea cual sea su sentido. El Ministerio Público y la Procuraduría también pueden intervenir en el proceso.
Mientras tanto, los fondos de pensiones y Colpensiones siguen recibiendo cotizaciones y administrando los ahorros con las reglas vigentes previas a la reforma. Los expertos recomiendan a los afiliados revisar su historia laboral y sus proyecciones, ya que el momento del fallo puede coincidir con ajustes en los planes de beneficio y en los traslados entre regímenes.
Lo que sigue es claro: la Corte debe fijar la fecha para el estudio de fondo de la reforma. Hasta que ese pronunciamiento se produzca, el sistema funcionará en una zona de indefinición que, según los expertos consultados por Infobae Colombia, podría prolongarse durante varios meses. El resultado determinará si la ley entra a operar como fue sancionada o si el Congreso tendrá que volver a intervenir.
