El presidente Abelardo De la Espriella se pronunció de forma directa frente a los señalamientos que ponen en duda la legitimidad de su gobierno. Según reportó Diario Las Américas, el mandatario reiteró su posición “contundente” ante lo que describió como una resistencia abierta a su mandato, y llamó a las Fuerzas Armadas a cumplir su rol de defensoras de la Constitución.
La declaración se produjo en un contexto de alta crispación. El exmandatario Gustavo Petro y el senador Iván Cepeda, según la misma fuente, habrían invocado la figura de la desobediencia civil como respuesta a lo que consideran una ruptura del orden institucional. La coincidencia temporal de ambos llamados puso en el centro del debate el papel de la fuerza pública y los límites de la protesta política.
Las Fuerzas Armadas en Colombia tienen, por diseño constitucional, la función de defender la soberanía, la independencia y la integridad territorial, además de garantizar el orden constitucional. Su actuación está reglada por la ley y subordinada al poder civil. Cualquier llamado presidencial a intervenir en controversias políticas activa de inmediato el debate sobre la separación de poderes y el alcance del mando civil sobre los militares.
El episodio se inscribe en una seguidilla de choques verbales entre el gobierno actual y voceros de la oposición. En Colombia, los llamados a la desobediencia civil tienen antecedentes en episodios como los conocidos durante el gobierno de Gustavo Petro, cuando sectores opositores convocaron marchas y concentraciones bajo esa figura. El recurso, sin embargo, es jurídicamente delicado y suele generar reacciones divididas entre la ciudadanía.
Para los ciudadanos, el impacto inmediato se mide en términos de estabilidad institucional. Una convocatoria explícita a desobediencia civil puede traducirse en bloqueos, concentraciones y alteración del orden público en ciudades principales. A su vez, un llamado presidencial a las Fuerzas Armadas en medio de una controversia política suele ser leído por distintos sectores como una señal de firmeza o como una escalada retórica, dependiendo de la posición de cada uno.
La fuente consultada no precisa cuáles fueron las palabras exactas del presidente ni el canal o fecha del pronunciamiento. Tampoco detalla si el llamado a la desobediencia civil por parte de Petro y Cepeda incluyó acciones concretas, fechas o lugares de movilización. Esa ausencia de contexto específico limita la verificación independiente de los hechos y deja abierta la puerta a nuevas reacciones en los próximos días.
Expertos en derecho constitucional suelen recordar que, en Colombia, la protesta pacífica es un derecho fundamental protegido por la Constitución de 1991. Al mismo tiempo, la desobediencia civil como figura política no está regulada de manera expresa en el ordenamiento jurídico, lo que genera debate sobre su alcance y sus consecuencias legales cuando deriva en hechos de orden público.
Lo que queda en el horizonte inmediato es la evolución del cruce de declaraciones. Sectores políticos, medios de comunicación y organizaciones sociales estarán atentos a si el llamado a las Fuerzas Armadas se traduce en instrucciones operativas o si permanece en el terreno de la retórica. La forma en que se resuelva esta pulseada marcarán el tono del arranque del nuevo gobierno y la capacidad de las instituciones para procesar la diferencia sin fracturas.
La cobertura de este tipo de tensiones suele concentrarse en Bogotá y en las principales ciudades del país, donde tienen sede las instancias de decisión política y donde se concentrarían eventuales jornadas de protesta. En cualquier caso, la fuente consultada, Diario Las Américas, no reporta hasta ahora hechos de orden público asociados a estos llamados, y la situación se mantiene, por ahora, en el plano de las declaraciones.
